Buenos Aires, 11 de octubre de 2000
VISTO las Resoluciones S.C. Nº 2301 del 14 de septiembre de 1998 y su
Modificatoria Nº 2460 del 28 de septiembre de 1998 , que implementan la Resolución General Nº 173 del 17 de julio, de 1998 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) , organismo autárquico dependiente del
MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACION, para la aplicación de las normas
de "Tratamiento Aduanero para la Circulación en los Países del MERCOSUR, de bienes integrantes de proyectos culturales
aprobados por los organismos competentes", y CONSIDERANDO: Que con
fecha 10 de diciembre de 1999 se ha producido un cambio de autoridades
en el Gobierno Nacional que abarca a todos los organismos públicos.
Que en virtud de la transformación operada en las ex –SECRETARIAS
DE PRENSA Y DIFUSION y DE CULTURA, ambas de la PRESIDENCIA DE LA NACION, resulta procedentes adoptar medidas que posibiliten el
normal funcionamiento de las mismas.
Que es necesario que los mecanismos de implementación del Sello
Cultural MERCOSUR, contemplen instrumentos ágiles que faciliten la
importación y exportación temporaria mediante el uso de dicho sello, y
tengan en cuenta las características federales de nuestro país.
Que atento que le procedimiento de importación temporaria establecido
en el Anexo II de la Resolución General citada, omite la identificación en los bienes o su embalaje con el Sello Cultural MERCOSUR en el momento de
retorno de los bienes al exterior, corresponde solicitar a la AFIP la modificación del mencionado Anexo, en tal sentido.
Que en el caso de la exportación temporaria, la verificación en el
lugar físico donde se encuentren los bienes, así como la colocación
sobre los mismos o sobre su embalaje del Sello Cultural MERCOSUR,
corresponderían ser realizadas sólo con intervención de funcionarios del
Servicio Aduanero en presencia del solicitante, quien llevará la copia
de la solicitud aprobada por la SECRETARIA DE CULTURA, y no conjuntamente con la SECRETARIA DE CULTURA, como se establece en el Anexo II en el ítem exportación temporaria de la Resolución General citada.
De lo contrario se impedirá que la verificación se lleve a cabo en
forma expeditiva, atento que existen diversos puestos aduaneros en la REPUBLICA ARGENTINA, y que la DIRECCION DE ARTES VISUALES de la SECRETARIA DE CULTURA sólo tiene sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que se considera operativo que la SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, sea el organismo que autorice el pedido de circulación de
bienes que integren un proyecto cultural, a que se refieren las
Resoluciones citadas.
Que a tal efecto, corresponde sustituir en el texto de las mencionadas
Resoluciones las denominaciones "SECRETARIA DE CULTURA dependiente
de la PRESIDENCIA DE LA NACION, o "SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION", o "SECRETARIA DE CULTURA", o "SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION", por "SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA de LA NACION".
Que por todo ello, cabe modificar los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 7º y 9º
de las Resoluciones S.C. Nº 2301/98, y designar a los funcionarios
habilitados, que serán los únicos que podrán autorizar, en nombre de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el pedido de circulación de bienes que integren un proyecto cultural, que se realiza
mediante la presentación del formulario de "Declaración Aduanera
de Bienes de Carácter Cultural", dejando sin efecto las anteriores
designaciones y facsímiles de firmas correspondientes a los funcionados
argentinos.
Que en tal sentido, corresponde solicitar a la AFIP proceda a modificar su Resolución General Nº 173/98, Anexo II y Anexo VI, conforme a lo
dicho precedentemente, e incluir la denominación SUBSECRETARIA DE
CULTURA DE LA SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, en la forma indicada.
Que por razones de austeridad y adecuada utilización de los recursos
públicos disponibles, se considera conveniente autorizar a la DIRECCION DE ARTES VISUALES de la SUBSECRETARIA DE CULTURA, de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para que continúe utilizando los ejemplares del Sello Cultural MERCOSUR que
actualmente obran en su poder, donde consta la denominación
"SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION".
Que ha tomado intervención el Area de Asuntos Legales de la DIRECCION GENERAL DE GESTION TECNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL de la SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los Decretos
Nº 101/85, 392/86 y 20/99.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA Y COMUNICACION DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º - Sustitúyese en el texto de los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y
9º de la Resolución S.C. Nº 2301 del año 1998, la denominación
"SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION", por la de "SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION".
ART. 2º - Sustitúyase el texto del artículo 7º de la Resolución S.C. Nº 2301 del año 1998, por el siguiente: "Déjase sin efecto la
designación de los funcionarios argentinos habilitados, cuyos
facsímiles de firma obran como Anexo VI de la Resolución General Nº 173 del año 1998, de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). El señor Subsecretario de Cultura,
Arquitecto Hugo Guillermo STORERO (DNI. Nº 5.068.057), y la Directora Nacional de Patrimonio, Museos y Artes, Licenciada Liliana BARELA (DNI. 6.439.250),
cuyos facsímiles de firmas obran en el Anexo I, que forma parte
integrante de la presente, serán los únicos funcionarios habilitados
para autorizar el pedido de circulación de bienes que integren un
proyecto cultural, en nombre de la SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACION, suscribiendo el formulario "Declaración Aduanera de
Bienes de Carácter Cultural" establecido en el Anexo IV de la Resolución General Nº 173 del año 1998 de la AFIP".
ART. 3º - La DIRECCION DE ARTES VISUALES de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO, MUSEOS Y ARTES de la SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, deberá realizar las gestiones necesarias ante la AFIP, a efectos de sugerir la modificación de la Resolución General Nº 173 del año 1998, de la siguiente forma:
a) Sustituir las denominaciones "SECRETARIA
DE CULTURA dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION", o "SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION", o "SECRETARIA DE CULTURA", o
"SECRETARIA DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION", por "SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACION".
b) En su Anexo II:
1) En el caso de la importación temporaria, con
el objeto de que el Servicio Aduanero proceda a identificar en los
bienes o su embalaje con el Sello Cultural MERCOSUR, en el momento de,
retorno de los bienes al exterior.
2) En el caso de la exportación temporaria, con
el objeto de que sólo con la intervención de funcionarios del Servicio
Aduanero, y no conjuntamente con funcionarios de la SUBSECRETARIA DE CULTURA, de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION, se proceda a realizar la verificación en el lugar físico
donde se encuentren los bienes, así como la colocación sobre los mismos
o sobre su embalaje del Sello Cultural MERCOSUR, en presencia del
solicitante, quien llevará la copia de la solicitud aprobada por la SUBSECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
c) En su Anexo VI, dejando sin efecto los
anteriores facsímiles de firmas correspondientes a los funcionarios
argentinos e incorporando los facsímiles de firmas de los nuevos
funcionarios autorizados, a que se refiere el artículo 2º de la
presente Resolución.
ART. 4º - La mencionada DIRECCION DE ARTES VISUALES podrá utilizar los
ejemplares del sello Cultural MERCOSUR que actualmente dispone, donde
consta la denominación "SECRETARIA DE CULTURA" de la PRESIDENCIA DE LA NACION", debiendo en las futuras impresiones substituirla por
la denominación "SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACIÓN de la PRESIDENCIA DE LA NACION".
ART. 5º - A los fines de la colocación de los ejemplares del Sello
Cultural MERCOSUR por parte del Servicio Aduanero, que sean necesarios
para la importación y exportación temporarias a que se refiere el
artículo 3º de la presente Resolución, una vez modificada la Resolución General Nº 173 del año 1998 de la AFIP, la DIRECCION DE ARTES VISUALES hará entrega de los ejemplares de los mismos que el Servicio Aduanero solicite, conforme a la
estimación de necesidades que éste realice, a efectos de su
distribución en los diversos puestos aduaneros.
ART. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. – Darío E. Loperfido.
ANEXO 1
FACSIMILES DE FIRMAS DE LOS FUNCIONARIOS DE LA SUBSECRETARIA DE CULTURA DE LA SECRETARIA DE CULTURA Y COMUNICACION DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION, HABILITADOS PARA SUSCRIBIR LA "DECLARACION ADUANERA DE
CARACTER CULTURAL" QUE INTEGRA COMO ANEXO IV LA RESOLUCION GENERAL Nº 173 DEL AÑO 1998 DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP).
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