Detalle de la norma RE-2280-1997-ANA
Resolución Nro. 2280 Administración Nacional de Aduanas
Organismo Administración Nacional de Aduanas
Año 1997
Asunto Area Aduanera Especial - Exportación. Normas operativas.
Boletín Oficial
Fecha: 11/06/1997
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 2280

02/06/1997

Fecha:

11/06/1997

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Dependencia:

RE-2280-1997-ANA

Tema:

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS

Asunto:

Area Aduanera Especial. Exportación. Normas operativas.

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VISTO la Resolución N° 4712/80 (BANA N° 230/80) y su modificatoria Resolución N° 2973/88 (BANA 204/88), que reglamenta las operaciones aduaneras que se realizan en el marco de la Ley 19.640, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo solicitado por la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) a través del EMEC N° 3056/96, la Declaración N° 3208-D 96 de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, resulta necesario modificar el item 8 de las Observaciones Generales en la Resolución N° 2973/88, que regula la operatoria de Exportación al AREA ADUANERA ESPECIAL de Tierra del Fuego prevista por la Ley 19.640.

Que mediante el Dictamen N° 543/97 de la División Régimen Tributario, compartido por el Departamento Asesoramiento y la Secretaría de Asuntos Legales, se da conformidad a lo solicitado.

Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo 1 ° de la Resolución N° 143/93, se suprime la intervención previa de la Dirección General de Fabricaciones Militares, en las operaciones que amparan material ferroso y no ferroso.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el Art. 23, inciso y) de la Ley 22.415, y Artículo 3o del Decreto N° 1156/96.

Por ello,

La Interventora de la Administración Nacional de Aduanas Resuelve:

ARTICULO 1°.- Aprobar el ANEXO III "C", de la presente, el que reemplaza al ANEXO III "B" de la Resolución N° 2973/88 (BANA 204/88).

ART. 2°.- Derogar el ANEXO III "B" de la Resolución N° 2973/88.

ART. 3°.- De forma.