Detalle de la norma RE-224-1999-SICM
Resolución Nro. 224 Secretaría de Industria, Comercio y Mineria
Organismo Secretaría de Industria, Comercio y Mineria
Año 1999
Asunto Formularios que serán utilizados para la presentación de solicitudes de inicio de investigación de dumping
Boletín Oficial
Fecha: 15/04/1999
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 224

08/04/1999

Fecha:

15/04/1999

 

Dependencia:

RE-224-1999-SICM

Tema:

COMERCIO EXTERIOR

Asunto:

Apruébanse formularios que serán utilizados para la presentación de solicitudes de inicio de investigación de dumping.

 

VISTO: el Expediente 061-000407/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:  

Que la Ley 24.425 aprobó el Acta Final en que se incorporan los Resultados de la Ronda Uruguay de Negociaciones Comerciales Multilaterales; las Decisiones, Declaraciones y Entendimientos Ministeriales y el Acuerdo de MARRAKECH por el que se establece la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO, O.M.C.

Que la mencionada Ley ha producido importantes avances en materia de mecanismos de defensa contra las importaciones en condiciones de competencia desleal.

Que mediante el Decreto 1326 de fecha 10 de noviembre de 1998, el PODER EJECUTIVO NACIONAL procedió a dictar las normas reglamentarias y de implementación destinadas a la efectiva aplicación del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, incorporados al amparo de la Ley 24.425, como así también a designar las Autoridades de Aplicación de dicha norma.

Que actualmente las solicitudes de inicio de investigación por dumping y/o subvención se presentan de conformidad con los formularios establecidos en la Resolución de la exSECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO 349 de fecha 12 de noviembre de 1991.

Que se ha observado la necesidad de perfeccionar los requisitos exigidos para las presentaciones de solicitudes relativas a las peticiones de inicio de investigación tendientes a la aplicación de medidas antidumping y de derechos compensatorios.

Que a fin de contar con la información necesaria para la apertura de una investigación, evitando sucesivos requerimientos por parte de la Autoridad de Aplicación, resulta conveniente que el peticionante proporcione en su solicitud la mayor cantidad de elementos probatorios.

Que, en función de lo establecido en el Artículo 3° del Decreto 1326/98, la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, a través de la Dirección de Competencia Desleal, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de dicha Subsecretaria y la COMISION NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, propusieron los lineamientos, requisitos y formalidades que deberá proporcionar el peticionante en su solicitud de inicio de investigación.

Que como consecuencia de lo manifestado precedentemente resulta indispensable derogar la Resolución de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO 349 de fecha 12 de noviembre de 1991.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 1° y 3° del Decreto 1326, de fecha 10 de noviembre de 1998.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA RESUELVE:

Artículo 1° —Apruébanse los formularios, que constan de VEINTINUEVE (29) hojas y que como Anexos UNO (1) a SEIS (6) forman parte integrante de la presente Resolución, los que deberán ser cumplimentados por el peticionante al presentar una solicitud de inicio de investigación por dumping y/ o subvención.

Art. 2° —Apruébase el instructivo, que consta de SIETE (7) hojas y que como Anexo SIETE (7) forma parte integrante de la presente Resolución, el cual contiene los requisitos que deberá observar el peticionante al completar los Anexos mencionados en el Artículo 1°.

Art. 3° —Derógase la Resolución de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO 349 de fecha 12 de noviembre de 1991 mediante la cual se aprobaron los formularios de presentación de solicitud de inicio de investigación por dumping y/o subvención.

Art. 4° —Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Naciona del Registro Oficial y archívese. —Alieto A. Guadagni.

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