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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 22 |
01/06/1993 |
Fecha: |
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Dependencia: |
RE-22-1993-GMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
Normas
Técnicas |
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VISTO: El
artículo 13 del Tratado de Asunción, el Art. Nº 10 de
la Decisión Nº 4/91,
la Decisión Nº 9/91 del
Consejo del Mercado Común y
la Recomendación Nº 9/93 del Subgrupo de Trabajo
Nº 3 "Normas Técnicas". |
CONSIDERANDO: |
La necesidad de establecer criterios comunes para la
renegociación de los acuerdos de ALADI, para su vigencia a partir del
01/01/95. |
La conveniencia de extender los plazos
establecidos en
la
Resolución Nº 35/92 del GMC para la definición de dichos
criterios. |
EL GRUPO DEL MERCADO COMUN RESUELVE: |
ART. 1 - Crease una Comisión Ad-Hoc,
en el ámbito del SGT Nº 1 con el cometido de definir criterios comunes para
la renegociación de los acuerdos de los Estados Partes con otros miembros de
ALADI, para su vigencia a partir del 01/01/95. |
ART. 2 - Los criterios comunes para las negociaciones del MERCOSUR con otros países de
la ALADI,
serán definidos antes del 30/09/93, elaborándose un informe le carácter
preliminar para ser sometido a la consideración del GMC. |
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