Detalle de la norma RE-2-1991-GMC
Resolución Nro. 2 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1991
Asunto Control integrado de fronteras
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Resolución n° 2 17/12/1991 Fecha:  
 
Dependencia: RE-2-1991-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: CONTROL INTEGRADO DE FRONTERAS.-
 

ATENTO al Tratado de Asunción, que constituye el Mercado Común del Sur, y a lo establecido en el Acta de la I Reunión del Grupo Mercado Común del 18 al 19 de abril de 1991,

CONSIDERANDO:

Que la implementación del control de fronteras integrado agilitará y facilitará el tránsito de personas y mercaderías, reduciendo el costo y el tiempo para los trámites pertinentes, que ese hecho constituye un avance ímportante en el proceso de integración, que el subgrupo de Trabajo Nº 2 - Asuntos Aduaneros - propone la implementación del control integrado de fronteras.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1º - Implementar el control integrado de fronteras en los puntos habilitados para el transporte internacional de los países del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), conforme el programa propuesto por el Subgrupo de Trabajo Nº 2 - Asuntos Aduaneros -, definido en función de los flujos de carga, de personas y de las posibilidades de infraestructura.

Artículo 2º - Solicitar a los organismos competentes de los Estados Partes la adopción de medidas necesarias para la implementación de lo dispuesto en esta Resolución.