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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n°
20
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28/03/2007
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Fecha:
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03/04/2007
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Dependencia:
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RE-20-2007-DGA
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Tema LOA:
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Tema:
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ADUANAS
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Asunto:
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Prórroga de habilitación precaria Zona
Operativa Aduanera en jurisdicción de la División Aduana
de San Juan.
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VISTO la
ACTUACION SIGEA Nº
12391-163-2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
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CONSIDERANDO:
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Que
por Actuación citada en el VISTO la Municipalidad de Santa Lucía solicita la
renovación de la habilitación de la Zona Operativa oportunamente habilitada con
carácter provisorio por Resolución Nº 05/2006 (DGA), en el predio de la Báscula Municipal
de Santa Lucía, Provincia de San Juan, dependiente de la División Aduana
de San Juan, en jurisdicción de la Dirección Regional
Aduanera Mendoza.
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Que
sin prejuicio de ello, con fecha 16 de enero de 2007 se ha firmado un Acta
Acuerdo entre el Gobierno de la
Provincia de San Juan y de la Municipalidad del
Departamento Pocito, por una parte, y la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, por la otra, mediante la cual se comprometen a procurar
la realización de una Zona Primaria Aduanera en el Municipio de Pocito, en un
predio que a tal fin facilita la citada Municipalidad.
|
Que
en tal sentido, y hasta tanto se concreten las obras necesarias para el
funcionamiento de la
Zona Primaria Aduanera en el Municipio de Pocito,
corresponde otorgar una prórroga a la habilitación provisoria concedida
oportunamente al predio de la Báscula Municipal de Santa Lucía, por un plazo
de NUEVE (9) meses a contar desde el vencimiento original.
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Que
en consecuencia, la
Dirección Regional Aduanera Mendoza y la Administración de
la Aduana de
San Juan serán responsables de impulsar y gestionar las obras de infraestructura
necesaria, a fin de dotar al predio que será cedido por la Municipalidad de
Pocito según la
Cláusula Quinta del Acta Acuerdo firmada; así como de
monitorear el avance de las obras comprometidas por la Municipalidad de
Pocito, con el objeto de contar con la Zona Primaria en
condiciones de comenzar a
operar
al vencimiento de la presente prórroga.
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Que
en autos ha tomado la debida intervención la División Aduana
de San Juan, la
Dirección Regional Aduanera Mendoza, las Subdirecciones
Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior de la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS.
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Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de
1997.
|
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de
1997.
|
Por ello;
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EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE:
|
Artículo
1º — Prorrogar la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio a la Zona Operativa
ubicada en el predio de la Báscula Municipal de Santa Lucía, propiedad de la Municipalidad de
Santa Lucía, Ruta Nº 20 km. 4,
de la Provincia
de San Juan, mediante Resolución Nº 5/2006 (DGA), por el término de NUEVE (9)
meses, a contar desde el vencimiento del plazo conferido, con igual carácter
e idéntico alcance.
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Art.
2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Dirección Regional
Aduanera Mendoza y la
División Aduana de San Juan. — Ricardo Echegaray.
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