Detalle de la norma RE-20-1996-GMC
Resolución Nro. 20 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1996
Asunto Comunicaciones
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Resolución Nº 20 17/12/1996 Fecha:  
 
Dependencia: RE-20-1996-GMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: AMPLIACION DE LAS PAUTAS NEGOCIADORAS DEL SGT Nº 1 “COMUNICACIONES”
 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 38/95  y 15/96 del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº 2/96 del SGT Nº 1 “Comunicaciones”.

CONSIDERANDO:

Que la Res. Nº 38/95 aprobó las pautas negociadoras del SGT Nº 1

Que resulta conveniente ampliar las tareas de dicho Subgrupo

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art.1: Incorporar a las Pautas Negociadoras del SGT Nº 1, las tareas que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

XXII GMC, Buenos Aires 21/VI/1996

 

ANEXO

 

AMPLIACION DE LAS PAUTAS NEGOCIADORAS DEL SGT Nº 1 “COMUNICACIONES”

 

SEGURIDAD POSTAL

Definición: Análisis de la situación actual de los sistemas de seguridad postal existentes en los cuatro países con el objeto de estudiar la posibilidad de establecer un mecanismo aplicable en toda la región.

Justificación: Lograr minimizar el riesgo de pérdida, expoliación, etc. en el tratamiento y manipuleo de la carga postal a efectos de salvaguardar los derechos de los usuarios del servicio.

Medios Necesarios: Designar un especialista por cada Estado Parte para el análisis del tema y elaboración de recomendaciones al respecto.

Plazo razonable para su realización: (3) tres meses

 

SERVICIOS FINANCIEROS POSTALES

Definición: Relevamiento del estado de situación actual de los servicios financieros postales en cada Estado Parte, tendiente a lograr la optimización en la explotación de dcihos servicios.

Justificación: Se considera necesario comprobar el grado de ejecución de los distintos servicios financieros de la región determinando su perfeccionamiento, o en su caso, la extensión a todos los Correos de los Estados Partes.

Medios necesarios: Designar un especialista por cada Estado Parte para el análisis del tema y elaboración de recomendaciones al respecto en coordinación con el SGT 4 Asuntos Financieros.

Plazo razonable para su realización: (3) tres meses.

 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-29-1998-GMC Modifica Procedimiento Técnico-Operacional postal