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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 20 |
17/12/1996 |
Fecha: |
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Dependencia: |
RE-20-1996-GMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
AMPLIACION DE LAS PAUTAS NEGOCIADORAS
DEL SGT Nº 1 “COMUNICACIONES” |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº
38/95 y 15/96 del Grupo Mercado Común, y
la Recomendación Nº
2/96 del SGT Nº 1 “Comunicaciones”. |
CONSIDERANDO: |
Que
la Res. Nº
38/95 aprobó las pautas negociadoras del SGT Nº 1 |
Que
resulta conveniente ampliar las tareas de dicho Subgrupo |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.1:
Incorporar a las Pautas Negociadoras del SGT Nº 1, las tareas que figuran
como Anexo y forman parte de la presente Resolución. |
XXII
GMC, Buenos Aires 21/VI/1996 |
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ANEXO |
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AMPLIACION DE LAS PAUTAS NEGOCIADORAS
DEL SGT Nº 1 “COMUNICACIONES” |
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SEGURIDAD POSTAL |
Definición:
Análisis de la situación actual de los sistemas de seguridad postal
existentes en los cuatro países con el objeto de estudiar la posibilidad de
establecer un mecanismo aplicable en toda la región. |
Justificación:
Lograr minimizar el riesgo de pérdida, expoliación, etc. en el tratamiento y
manipuleo de la carga postal a efectos de salvaguardar los derechos de los
usuarios del servicio. |
Medios
Necesarios: Designar un especialista por cada Estado Parte para el análisis
del tema y elaboración de recomendaciones al respecto. |
Plazo
razonable para su realización: (3) tres meses |
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SERVICIOS FINANCIEROS POSTALES |
Definición: Relevamiento del estado de situación actual de los servicios
financieros postales en cada Estado Parte, tendiente a lograr la optimización
en la explotación de dcihos servicios. |
Justificación:
Se considera necesario comprobar el grado de ejecución de los distintos servicios
financieros de la región determinando su perfeccionamiento, o en su caso, la
extensión a todos los Correos de los Estados Partes. |
Medios
necesarios: Designar un especialista por cada Estado Parte para el análisis del
tema y elaboración de recomendaciones al respecto en coordinación con el SGT
4 Asuntos Financieros. |
Plazo
razonable para su realización: (3) tres meses. |
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