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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 19 |
26/03/2008 |
Fecha: |
08/04/2008 |
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Dependencia: |
RE-19-2008-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto: |
Prórroga Habilitación Provisoria
Zona Operativa Aduanera Palpalá. Aduana de Jujuy. |
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VISTO:
la
Actuación SIGEA Nº
12674-116-2008 del registro de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por Actuación SIGEA Nº 12237-4-2004 el Gobierno de
la Provincia de Jujuy
solicita la habilitación de una Zona Primaria Aduanera sobre un predio de
VEINTITRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 89/100 METROS CUADRADOS (
23.785,89 m2) de
superficie, ubicado sobre
la Colectora CAPRIA de
la Ruta Nacional Nº
66, de la localidad de Palpalá, Provincia de Jujuy,
en jurisdicción de
la
División Aduana de Jujuy. |
Que
en virtud que dicha Aduana no cuenta con una Zona Operativa para realizar las
tareas de control de carga afectadas al Comercio Exterior, la misma fue
concedida en forma provisoria por Resolución Nº 63/2006 (DGA) y prorrogada
por Resoluciones Nº 14/2007 (DGA), Nº 64/2007 (DGA), Nº 72/07 (DGA) y
125/2007 (DGA). |
Que
mediante Escritura Nº 203 de fecha 17 de Noviembre de 2006 se concretó la
donación del predio en cuestión, efectuada por SUCRE S.R.L.
y RTV PIOLI S.R.L. a favor de
la Municipalidad de Palpalá, acto que fuera registrado en el Registro
Inmobiliario de
la
Dirección General de Inmuebles de
la Provincia de Jujuy el
17 de Enero de 2007. |
Que
a fs. 220/221 de
la Actuación SIGEA Nº
12237-4-2004 luce Ordenanza Nº 885/07 del 27 de Septiembre de 2007, por la
que el Consejo Deliberante de
la Municipalidad de Palpalá presta acuerdo al Decreto Municipal Nº 433/07 mediante el cual dicha
Municipalidad dispone la donación con cargo a favor de
la AFIP de la fracción de
terreno individualizado como Circunscripción Uno, Sección Uno, Manzana X901,
Parcela 61, Padrón P69966, Matrícula P-14958 —según registro inmobiliario de
la Dirección General
de Inmuebles—, de una superficie de VEINTITRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
CINCO CON 89/100 METROS CUADRADOS (
23.785,89 m2). |
Que
atento que a la fecha aún no se ha perfeccionado la disponibilidad jurídica
del inmueble para su habilitación definitiva como Zona Primaria Aduanera, y a
fin de no entorpecer el normal desarrollo del comercio exterior en la región,
resulta procedente autorizar una prórroga a la habilitación oportunamente
otorgada, con carácter provisorio y por el término de NOVENTA (90) días, a
contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº 125/2007
(DGA). |
Que
en autos han tomado debida intervención
la División Aduana
de Jujuy,
la
Dirección Regional Aduanera Salta y
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior. |
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el
Artículo 9º, apartado 2, inciso n) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997
y
la Disposición Nº 113/06 (AFIP). |
Por ello; |
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE
LA SUBDIRECCION GENERAL
DE CONTROL ADUANERO A CARGO DE
LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE: |
Artículo
1º — Prorrogar por el plazo de NOVENTA (90) días a contar desde el
vencimiento del plazo conferido, con igual carácter e idéntico alcance, la
habilitación de
la
ZONA OPERATIVA ADUANERA del predio de VEINTITRES MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 89/100 METROS CUADRADOS (
23.785,89 m2)
ubicado sobre
la
Colectora CAPRIA de
la Ruta Nacional Nº
66, de la localidad de Palpalá, Provincia de Jujuy,
en jurisdicción de
la Aduana
del mismo nombre, habilitada provisoriamente mediante Resolución Nº 125/2007
(DGA). |
Art.
2º — Regístrese. Comuníquese. Dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de esta
DIRECCION GENERAL. Tomen conocimiento
la Subdirección General
de Operaciones Aduaneras del Interior y
la Dirección Regional
Aduanera Salta. Remítanse a
la División Aduana de Jujuy para su conocimiento y
notificación. — Ivana Bronzovic. |
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