Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
IMPORTACIONES
Resolución 17/2004
Información sobre determinados bienes, a los efectos de establecer la
existencia de producción nacional de los mismos. Presentación de interesados.
Bs.
As., 26/1/2004
VISTO
el Expediente Nº S01:9002415/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
por Resolución Nº 909 de fecha 29 de julio de 1994 del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se estableció un régimen de importación
definitiva para el consumo de bienes usados comprendidos entre los Capítulos 84
y 90 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Que
de acuerdo al tipo de bien y al hecho de que los mismos puedan o no ser
provistos por la industria nacional, sus importaciones al amparo del referido
régimen se encuentran prohibidas o permitidas, en ciertos casos bajo
determinadas condiciones de tributación y exigencias a cumplimentar y en otros
sin ningún condicionamiento.
Que
con posterioridad a la norma mencionada, debido a las sucesivas modificaciones
del instrumento tarifario o a la resolución de solicitudes particulares se
procedió a efectuar diversos ajustes en los Anexos que acompañaron a la norma
original, encontrándose vigentes los establecidos por el Decreto Nº 690 de
fecha 26 de abril de 2002 y normas modificatorias.
Que
en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se hallan registradas
diversas solicitudes de excepción a la prohibición de importación de
determinadas mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias 8528.12.19
y 8801.10.00 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
Que
se hace necesario efectuar una consulta pública a efectos de verificar si la
existencia des producción local que motivara la prohibición arriba expresada,
resulta vigente al presente.
Que
la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería dependiente
de las Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º —
Se lleva a conocimiento público, a efectos de determinar la existencia de
producción nacional, de los bienes que se indican en la planilla que, como
Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º —
Los interesados en manifestar que producen en el país los bienes indicados,
deberán hacerlo mediante nota. Para estos casos, se adjuntará a la referida
nota el formulario completado en forma íntegra, compuesto por DOS (2) planillas
que, como Anexo II forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º —
La documentación a que alude el Artículo 2º se presentará ante la Dirección de Importaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de esta Secretaría, sita en
Avenida Julio A. Roca 651, piso 6º, sector 1, haciendo referencia a la presente
resolución, en un plazo no mayor de VEINTE (20) días corridos a contar desde el
día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º —
En caso de considerarse necesario, esta Secretaría podrá requerir información
adicional a la aportada por los eventuales productores.
Art. 5º —
La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en
el Boletín Oficial.
Art. 6º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alberto J. Dumont.
ANEXO
I A LA RESOLUCION S.I.C. Y P. Y M.E. Nº 17
N.C.M.
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MERCADERIA
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8528.12.19
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Los
demás receptores-decodificadores integrados (IRD) de señales digitalizadas de
video codificadas
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8801.10.00
|
Planeadores
y alas planeadoras
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ANEXO
II A LA RESOLUCION S.I.C. Y P. Y M.E. Nº 17
1)
Datos sobre la empresa o entidad de clase
1.1
- Nombre de la empresa o entidad de clase:
1.2
- Dirección:
1.3
- Teléfono:
-
Fax:
2)
Datos sobre el producto
2.1
- Nombre Técnico:
2.2
- Posición Arancelaria N.C.M.:
3)
Datos de producción y ventas
3.1
- Producción (últimos 3 años)
AÑO
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VALOR
DE LA PRODUCCION
(U$S)
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CANTIDAD
PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA)
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3.2
- Ventas Mercado Interno (últimos 3 años)
AÑO
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VALOR
DE LAS VENTAS (U$S)
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CANTIDAD
VENDIDA (UNIDAD DE MEDIDA)
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3.3
- Ventas Mercado Externo (últimos 3 años)
AÑO
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VALOR
DE LAS VENTAS
(U$S)
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CANTIDAD
VENDIDA
(UNID.
DE MEDIDA)
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PAIS
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3.4
- Nombre y Direcciones de los Principales Clientes
NOMBRE
DEL CLIENTE
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DIRECCION
DEL CLIENTE
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3.5
- Presentar literatura técnica: catálogos, planos, análisis químicos o físicos,
referencias bibliográficas, etc. e incluso muestras, en caso de corresponder
4)
Otras informaciones relevantes