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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 17 |
09/03/1999 |
Fecha:
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29/04/1999 |
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Dependencia:
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RE-17-1999-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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ACTAS DE LAS REUNIONES EN PAPEL Y MEDIO
MAGNETICO |
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VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la
Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común y las
Resoluciones Nº 61/96 y Nº 17/97 del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: Que
la Secretaría
Administrativa del MERCOSUR tiene por cometido ser archivo de
los documentos oficiales del MERCOSUR y a tal efecto
la Presidencia Pro Tempore en todos los órganos del MERCOSUR y sus foros
dependientes, debe hacer llegar a
la
SAM la documentación original generada en sus reuniones. |
Que
se hace necesario garantizar las condiciones de conservación de la
documentación, para lo cual la información contenida en la misma debe ser
respaldada por medio magnético. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
ARTICULO 1º —
La Presidencia Pro Tempore en todos los órganos del MERCOSUR y sus foros dependientes deberá hacer
llegar a
la SAM
la documentación original generada en sus reuniones, en papel y en medio
magnético. |
XXXIII GMC - Asunción, 9/III/99 |
e.
21/4 Nº 273.743 v. 21/4/99 |
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