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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Decisión Nº 26 |
29/06/2000 |
Fecha: |
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Dependencia: |
DC-26-2000-CMC |
Tema: |
MERCOSUR |
Asunto: |
RELANZAMIENTO DEL MERCOSUR |
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VISTO El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y
la Dec. CMC
No. 9/95; |
CONSIDERANDO: |
Que
el análisis sobre el funcionamiento de los órganos dependientes del Grupo
Mercado Común y de
la
Comisión de Comercio ha demostrado la conveniencia de
efectuar una revisión de dicha estructura; |
Que
dicha revisión implica una redefinición del número de dichos foros de
trabajo, así como de la modalidad de su funcionamiento; |
Que
los Estados Partes han concordado incluir dentro de los temas del Relanzamiento
del MERCOSUR la evaluación del cumplimiento de las pautas de trabajo de los
Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos y Reuniones Especializadas; |
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN DECIDE: |
Art.
1.- Los Estados Partes llevarán a cabo las consultas internas necesarias con
los coordinadores de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y
Comités Técnicos, a fin de elaborar un diagnóstico sobre el estado actual de
su funcionamiento. |
Art.
2.- Instruir al Grupo Mercado Común para que, a través de un Grupo Ad Hoc, evalúe el estado de cumplimiento de los objetivos
establecidos para cada Subgrupo de Trabajo, Reunión Especializada y Comité Técnico
teniendo en cuenta el diagnóstico mencionado en el artículo anterior, y
elabore una propuesta que deberá incluir entre otros aspectos, la adecuación
de los mencionados foros al proceso de Relanzamiento del MERCOSUR, así como
nuevas pautas de trabajo y plazos precisos para su cumplimiento. |
Art.
3.- La propuesta a que hace mención el artículo 2 deberá ser elaborada antes
del 10 de diciembre de
2000
a fin de ser considerada en
la XIX Reunión Ordinaria
del Consejo del Mercado Común. |
XVIII
CMC – Buenos Aires, 29/VI/00 |
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