Detalle de la norma RE-16-1997-GMC
Resolución Nro. 16 Grupo Mercado Común
Organismo Grupo Mercado Común
Año 1997
Asunto Información previstas en las Conclusiones de los Grupos de Trabajo
Detalle de la norma
RE-16-1997

RE-16-1997

 

 

RELEVAMIENTO DE INFORMACION PREVISTA EN LAS CONCLUSIONES DE GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUBCOMISION COMERCIAL

MERCOSUR - UNION EUROPEA

 

 

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Acuerdo Marco de Cooperación Interregional entre el MERCOSUR y la UNION EUROPEA y la Recomendación Nro.1/97 del Grupo Ad Hoc de Relacionamiento Externo MERCOSUR - UE.

 

CONSIDERANDO:

 

Las conclusiones de los Grupos de Trabajo de Bienes, Servicios y Normas y Disciplinas Comerciales en el ámbito de la Subcomisión Comercial, dependiente de la Comisión Mixta MERCOSUR- Unión Europea.

 

Los compromisos asumidos por el MERCOSUR durante la II Reunión de la Subcomisión Comercial MERCOSUR - Unión Europea, celebrada el pasado 26 de mayo de 1997 en Bruselas, Bélgica.

 

Que dichos compromisos consisten, principalmente, en dar inicio a los trabajos de recopilación y análisis de las informaciones, y en designar las contrapartes del MERCOSUR para los consultores de la UE, a fin de cumplir con los plazos establecidos.

 

EL GRUPO MERCADO COMUN

RESUELVE:

 

Art. 1°- Determinar que las tareas de relevamiento de información previstas en las Conclusiones de los Grupos de Trabajo de la Subcomisión Comercial MERCOSUR - UNION EUROPEA, que figuran como Anexo I a la presente Resolución, sean distribuidas entre los siguientes foros técnicos del MERCOSUR:

 

i)                    Grupo de Trabajo sobre Bienes:

 

Comisión de Comercio (CT-1 y CT-8)

 

ii) Grupo de Trabajo sobre Servicios:

Grupo Ad Hoc sobre Servicios.

 

iii) Grupo de Trabajo sobre Normas y Disciplinas Comerciales:

 

SGT-3, SGT-8, CT-2, CT-3, CT-5, CT-6 y Grupo Ad Hoc sobre Políticas Públicas que Distorsionan la Competitividad.


 

Art. 2°- Instruir a los foros mencionados en el Artículo 1 que, antes del 30 de setiembre de 1997, finalicen sus respectivas tareas y presenten a la Presidencia Pro Tempore, adjunto a la información recopilada un informe conteniendo un análisis preliminar sobre la misma. Esta documentación será entregada al Grupo Ad Hoc de Relacionamiento Externo MERCOSUR – UE

 

Art.3º- Por intermedio de la Presidencia Pro Tempore, encomendar a la Secretaría de la ALADI la elaboración de los cuadros estadísticos previstos en las Conclusiones del Grupo de Trabajo sobre Bienes, los cuales se detallan en el Anexo II a la presente Resolución. Por este motivo excepúase al CT1 de la elaboración de dichos cuadros, cuyo análisis será realizado por el Grupo Ad Hoc de Relacionamiento Externo MERCOSUR-UE.

 

Art.4º- Desígnase como contraparte del MERCOSUR para los consultores de UE, a los Foros Técnicos mencionados en el artículo 1º de esta Resolución.

 

 

 

 

 

 

XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97


 

ANEXO I

 

 

CONCLUSIONES DE LOS GRUPOS DE TRABAJO DE MERCOSUR

 

Durante los días 18, 19 y 20 de marzo se celebró en Bruselas, Bélgica, la primera reunión de los grupos de los Grupos de Trabajo establecidos por la Comisión Mixta y la Subcomisión Comercial del Acuerdo Marco Interregional de Cooperación UE-Mercosur.

 

Las reuniones se celebraron de acuerdo con lo previsto en las Líneas Directrices aprobadas por la Primera reunión de la Subcomisión Comercial para cada Grupo de Trabajo, así como en las disposiciones generales recogidas en el proyecto de actra de dicha reunión relativas al funcionamiento de los Grupos de Trabajo.

 

La inauguración de la reunión estuvo a cargo del Sr. Anacoreta Correia, Director para América Latina de la Comisión Europea y del Sr. Cáceres, Embajador de la Misión de la República del Paraguay ante la Comunidad Europea.

 

Las reuniones estuvieron presididas por D. Damián Hernández, Jefe de la Unidad "Mercosur y Chile", por parte de la Comisión Europea y por D. Emilio Gimenez, Ministro-Consejero de la Misión de la Repùblica del Paraguay acreditada ante las Comunidades Europeas, por parte de Mercosur.

 

Las reuniones se desarrollaron conforme al siguiente esquema:

 

18 de marzo

-sesión inaugural

-reunión del Grupo de Trabajo de Bienes

19 de marzo

-reunión del Grupo de Trabajo de Servicios

20 de marzo

-reunión del Grupo de Trabajo de Normas y Disciplinas comerciales.

 

En anexo figura la lista de participantes en las diferentes reuniones.

 

Con carácter general los tres Grupos de Trabajo acordaron que el conjunto de las acciones a emprender se realizarían de manera dinámica y horizontal para tener en cuenta los efectos de los desarrollos claves, cubriendo bienes, servicios, TRIMs. TRIPs, contrataciones pùblicas, entre otras disciplinas comerciales.

 

Las reuniones se celebraron en un ambiente altamente constructivo.

 

De acuerdo con las lineas directrices de los Grupos de Trabajo, las conclusiones obtenidas por los diferentes Grupos figuran en anexo y se someten a la II Reunión de la Subcomisión Comercial. Los efectos de implementación de los trabajos seràn coordinados por los cananles diplomáticos habituales.

 

Bruselas, 20de marzo de 1997.


 

CONCLUSIONES: GRUPO DE TRABAJO SOBRE BIENES

MARZO DE 1997

 

 

MARCO GENERAL: El Grupo de Trabajo sobre bienes se reunió el 18 de marzo en Bruselas, con base en las disposiciones generales del Acuerdo Marco Interregional de Cooperación UE-Mercosur, en las decisiones que figuran en el Acta de la Reunión de la Comisión Mixta, así como en las líneas directrices establecidas para sus actividades (anexo 1).

 

Con vistas a la preparación de la liberalización ulterior de los interacambios y conforme al artículo 4 del Acuerdo Marco de Cooperación, el Grupo de Trabajo llegó a las siguientes conclusiones:

 

I.                   METODOLOGIA

II.                  

Consideraciones previas

 

El examen debe ser hecho de una manera dinámica y horizontal para tener en cuenta los efectos de los desarrollos claves. El examen debe incluir una revisión de la implementación del Mercosur y de la UE en lo concerniente a los mercados de bienes para analizar ambos procesos de integración; su implementación y sus efectos internos, así como su efecto sobre los intercambios recíprocos y el resto de sus socios comerciales. También serán examinados los acuerdos entre las partes y terceros países o grupos de países.

 

En este sentido resulta indispensable que las partes pongan a disposición toda la documentación necesaria, con vistas a mejorar el conocimiento recíproco de los respectivos procesos de integración y de los regímenes comerciales.

 

El Grupo de Trabajo de bienes estudiará las condiciones de acceso a los mercados, las medidas que distorsionan el comercio y las barreras no arancelarias en lo que concierne a su impacto sobre los flujos de comercio (en estrecha relación con el Grupo de Trabajo sobre Normas y Disciplinas Comerciales).

 

Datos Estadísticos

 

Eurostat, base de datos de ALADI y toda otra base de datos acordada entre las partes en función de su disponibilidad, consistencia y credibilidad mutua para los diferentes exámenes a emprender.

 

En general los análisis se limitarán a 6 dígitos. Para los productos de interès particular de una u otra parte se propone el análisis a 8 dígitos.


 

Temas de Nomenclatura y Arancel

 

Años de referencia:

 

Análisis estático: 7 últimos años (1990 a 1996) para los cuales se dispongan de estadísticas completas. El período concreto será previamente fijado y será el mismo para todos los productos.

 

Análisis dinámico: Los análisis prospectivos de futuro deben ser hechos por proyección de cifras de intercambios comerciales actuales y potenciales, teniendo en cuenta la integración del Mercosur y de la CE, los regímenes comerciales con terceros países y los compromisos adquiridos en el maraco de la OMC.

 

Legislación de referencia:

 

Régimen arancelario aplicado por la UE.

 

-TDC (Arancel Aduanero Común)

 

-SGP

 

-Arancel consolidado en la OMC

 

-Reducción arancelaria prevista en los acuerdos de la Ronda Uruguay y bajo toda otra modalidad.

 

Régimen arancelario aplicado por el Mercosur:

 

-TDC (Arancel Aduanero Común)

 

-Arancel del período transitorio

 

-Excepciones al TDC

 

-Arancel consolidado en la OMC

 

-Reducción arancelaria prevista en los acuerdos de la Ronda Uruguay y bajo toda otra modalidad.

 

Igualmente:

 

-Acuerdos comerciales de las partes con terceros.

 

-Regímenes comerciales no arancelarios de las partes (incluído los regímenes actualmente en vigor a nivel bilateral durante el período de transición), en cooperación con el Grupo de Trabajo de Normas y Disciplinas comerciales.


 

Moneda de Referencia:

 

ECUS Y US Dólares

 

Definición de medidas: tonelada, etc.

 

Valores: CIF o FOB

 

II DESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES A REALIZARSE EN 1997

 

1.      Examen y análisis actual, desarrollos e impactos previstos de los regímenes comerciales y de protección comercial y no arancelarios, incluyendo las reducciones arancelarias y modificaciones existentes y previstas tanto en el maraco de los acuerdos de la Ronda Uruguay, como sobre cualquier otra modalidad, tal como el SGP.

 

2.      Examen y análisis de intercambios comerciales UE-Mundo/Mercosur/Mundo.

 

Este análisis deberá comprender el examen de los intercambios intrarregionales en cada proceso de integración (las bases estadísticas a utilizar serán definidas en un primer período).

 

3.      Análisis de los intercambios comerciales UE-Mercosur en el curso de los últimos siete años. Tendencias y perspectivas.

 

4.      Análisis de prospectiva de los intercambios comerciales partiendo de los elementos descriptos en los puntos 1,2 y 3.

 

5.      Análisis más detallado de los productos de interés particular para cada parte.

 

6.      Detalle de productos sensibles y de productos prioritarios (para la exportación y la importación) para la Comunidad.]

 

7.      Detalle de productos sensibles y de productos prioritarios (para la exportación y la importación) para el Mercosur.]

 

8. Identificación de puntos de convergencia y de divergencia 1.

III INFORME

 

El plan de trabajo será sometido a la II Reunión de la Subcomisión Comercial. En ocasión de la III Reunión de la Subcomisión Comercial un informe le será elevado por el Grupo de Trabajo.

_______________________

1. Los puntos 6, 7 y 8 del punto II serán considerados en ocasión de la II Reunión de la Subcomisión Comercial.


 

III.              INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN

 

Los miembros del Grupo de Trabajo intercambiarán toda información necesaria para la elaboración de los análisis mencionados precedentemente. Entre otros:

 

-          Estadísticas de importación/exportación por cada región.

 

-          Reglamentos del Arancel Aduanero Común y del SGP de la U.E.

 

-Arancel Externo Común del Mercosur y aranceles en aplicación por sus Estados Miembros durante el período de transición. Excepciones al AEC.

 

-Acuerdos concluidos con terceros.

 

 

IV.               APOYO TECNICO

 

Un apoyo técnico será necesario sobre una base continua para las actividades del Grupo de Trabajo.


 

CONCLUSIONS: SERVICES WORKING GROUP

-Mars 1997-

 

(Anexo en Inglés

 

CONCLUSIONES DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE NORMAS Y DISCIPLINAS COMERCIALES

MARZO 1997

 

MARCO GENERAL: El Grupo de Trabajo sobre Normas y Disciplinas Comerciales se reunió el 20 de marzo, en base a las líneas directrices del Grupo de Trabajo sobre Normas y Disciplinas Comerciales (en anexo), de las disposiciones generales del Acuerdo Marco de Cooperación entre el MERCOSUR y la UE y de las decisiones que figuran en el Acta de la I Reunión de la Comisión Mixta.

 

Con el fin de preparar la liberalización ulterior de los intercambios, conforme a las disposiciones de los artículos 4 y 5 del Acuerdo Marco de Cooperación, el Grupo de Trabajo sobre Normas y Disciplinas Comerciales llegó a las siguientes conclusiones:

Trabajos Previos: El Grupo llama la atención sobre la necesidad de mantener estrechas relaciones con los dos otros Grupos de Trabajo. El Grupo será el responsable de suministrar información a los otros Grupos en función de sus avances en el análisis de los mecanismos.

 

A.         REGLAMENTACIÓN. NORMAS TECNICAS Y EVALUACIÓN DE CONFORMIDAD

 

A.1. Objetivo:

 

en la perspectiva de la liberalización de los intercambios, las partes establecerán los mecanismos de colaboración para disminuir, en la medida de lo posible, las barreras técnicas y mejorar el acceso a los mercados.

 

Los trabajos en este tema serán guiados por los principios del Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC (estado de la puesta en marcha, identificación de problemas).

 

A.2 Actividades:

 

Se llevarán a cabo las siguientes actividades:

 

A.2.1. Reglamentos y Normas Técnicas:

 

·         Identificación de los sectores en los que existan productos sujetos a reglamentos técnicos.

·         Análisis comparativo de los criterios y procedimientos de elaboración de reglamentos y normas técnicas, en particular en lo que se refiere a su compatibilidad con normas y recomendaciones internacionales.

·         Intercambio de la legislación pertinente entre las dos partes.

 

 

A.2.2. Evaluación de Conformidad:

 

·         Identificación de los sectores donde existan productos sujetos a evaluación de conformidad obligatoria, por cada una de las partes;

 

·         Intercambio y análisis de legislación entre las partes.

 

·         Intercambio de informacion sobre criterios, agentes y procedimientos de evaluación de conformidad (acreditación, certificación, ensayos e inspección):

 

·         Estudio de las posibilidades de evitar la repetición de procedimientos de evaluación de conformidad;

 

 

A.     2.3. Metrología:

 

·         Intercambio de información sobre los sistemas de metrología legal y científica;

 

·         Elaboración de estudios comparativos de reglamentación en el campo de la metrología legal vista las recomendaciones de la Organización Internacional de Metrología Legal (OML).

 

 

A.     2.4. Normalización:

 

·         Analizar el estado actual de la cooperación entre los organismos nacionales y regionales de normalización de las partes;

 

A.3 Cooperación

 

·         Se analizará el estado actual de la cooperación entre las partes (en las áreas de reglamentación, evaluación, metrología y normalización).

 

B.      INSTRUMENTOS DE DEFENSA COMERCIAL. MECANISMOS DE SALVAGUARDIA. LICENCIAS DE IMPORTACIÓN.

 

B.1 Metodología

 

Análisis comparativo de las legislaciones y procedimientos aplicados por la UE y por los países del MERCOSUR, referidas a antidumping, derechos compensatorios, salvaguardias y licencias de importación.

 

C.     2 Intercambios de información

 

Las partes pondrán a disposición recíproca los textos pertinentes de sus legislaciones, así como una lista de medidas aplicadas recíprocamente en el marco de sus instrumentos.

 

Asimismo el MERCOSUR informará sobre el proceso de elaboración de instrumentos de antidumping, derechos compensatorios, salvaguardias y licencias de importación.

 

C. POLITICAS DE COMPETENCIA

 

C. 1 Metodología

 

Análisis de las políticas de competencia respectivas a nivel comunitario o regional y nacional, competencias propias a cada nivel, Relaciones institucionales y lista de asuntos tratados.

 

Seguir los temas o la política y las reglas de competencia aplicadas, vale decir:

 

1.      Antitrust

 

2.      Concentraciones

 

3.      Controles de Ayudas de Estado.

 

4.      Normas de la Competencia en sectores regulados.

 

5.      Seguimiento de la evolución de los temas de la competencia y Comercio Internacional en los foros multilaterales.

 

Funcionamiento de las instituciones que velan por esta aplicación.

 

6.      Los tribunales

 

7.      Las autoridades de competencia.

 

 

C- 2 Estudio comparado de las Normas de Competencia:

 

Examen conceptual, de procedimiento, de concesión de subsidios, estructura de los mercados y mercados relevantes. Reparto de competencias entre el nivel regional y nacional. Medios que disponen las autoridades de competencia para aplicar las normas.

 

C. 3 Intercambio de Información.

 

Ambas partes intercambiarán informaciones relativas a legislaciones, normas de competencia de los sectores regulados y Ayudas del Estado.


 

D. MECANISMOS DE CONTRATACIÓN PUBLICA

 

D.1. Objetivo: mejorar el conocimiento mutuo de los respectivos sistemas de contratación públicas.

 

D.     2. Metodología:

 

Intercambio de información pertinente entre las partes relativas a:

 

·         El sistema general europeo de contratación pública.

 

·         Legislación europea para las entidades federales, subfederales y empresas que tarbajan bajo derechos especiales o exclusivos.

 

·         El sistema de MERCOSUR o de sus Estados Miembros de centración pública.

 

·         Las principales legislaciones

 

·         Avance en el proceso de Integración de estos sistemas.

 

 

E.      REGLAS DE ORIGEN

 

E.1. Metodología

 

Análisis comparativo de los regímenes de origen adoptados por la OF y por el MERCOSUR para el comercio preferencial intraregional y para los acuerdos comerciales entre las partes y terceros países.

 

E. 2 Acciones a emprender en 1997

 

Análisis comparativo general de los regímenes de origen preferencial adoptados por la UE y el MERCOSUR (criterios técnicos, procedimientos y cooperación administrativa).

 

E. 3. Intercambio de Informaciones

 

La UE y el MERCOSUR se intercambiarán las reglas de origen preferencial actualmente en vigor en cada una de las Partes.

 

F.      NORMAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS

 

F. 1. Objetivo:

 

Las partes examinarán las normas y regulaciones sanitarias y fitosanitarias que reglamentan el acceso a los mercados, con el objeto de establecer mecanismos de cooperación en la perspectiva general de incrementar los intercambios.


 

En los trabajos de este tema se tendrán en cuenta las disposiciones del Acuerdo de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarios de la OMC.

 

F. 2 Actividades.

 

·         Intercambios de información concerniente a la legislación aplicada por las partes, campos de aplicación y organismos responsables.

 

·         Análisis comparativo e impacto sobre el comercio recíproco. Estos análisis deberán tener en cuenta los acuerdos concluidos que se están considerando en la materia entre la Comunidad y algunos Estados Parte del MERCOSUR.

 

·         Examen de los procedimientos de autorización para importar.

 

G.     OTROS CAMPOS

 

Asuntos Aduaneros: intercambio de información concernientes a la normativa en vigor (clasificación, procedimientos, nomenclatura, valoración, certificación, regímenes de equipaje, etc.).

 

H.     INFORMES.

 

El plan de trabajo será sometido a la II Reunión de la Subcomisión Comercial. En ocasión de la III Reunión de la Subcomisión Comercial será elevado un informe por el Grupo de Trabajo.

 

I.       APOYO TECNICO

 

Un apoyo técnico será necesario sobre una base continua, para las actividades del Grupo de Trabajo.


ANEXO II

 

 

PROPUESTA DEL MERCOSUR

 

Detalle de cuadros estadísticos a ser presentados por el Grupo de Trabajo sobre Bienes

 

·         MERCOSUR

Mercosur/Mundo

Mercosur/UE

Mercosur/paises con Acuerdos Preferenciales (Chile, Bolivia)

Comercio Intramercosur

 

·         UNION EUROPEA

UE/Mercosur

UE/Mundo

 

UE/países con Acuerdos Preferenciales (Europa del Este

-por país-, Lomé, Israel)

 

SGP global y abierto por país en los casos del Mercosur, países centroamericanos y Pacto Andino

 

Comercio Intra UE

 

Estos cuadros se elaborarán para los años 1990-1996, a nivel de seis dígitos, exportaciones FOB, importaciones CIF.

 

Además un cuadro conteniendo cifras totales de comercio y balanzas comerciales de ambos bloques, abierto por principales países.

 

·         MERCOSUR

Aladi

Chile

Bolivia

Estados Unidos

UE

Otros

Total

 

·         UNION EUROPEA

Europa del Este (por país)

Lomé

Israel

Estados Unidos

República Popular China

Total