Detalle de la norma RE-16-1995-SAGPA
Resolución Nro. 16 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 1995
Asunto Algodón. Exportación.
Boletín Oficial
Fecha: 18/01/1995
Detalle de la norma
LOA

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

ALGODON

Resolución 16/95

Modificación de la Resolución Nº 685/92 que permitirá una mayor flexibilización a las operaciones de exportación de fibra de algodón.

Bs. As., 12/1/95

VISTO el Expediente Nº 805.692/94, la Resolución Nº 685 del 7 de agosto de 1992, ambos del registro de esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso a) del artículo 3º de la Resolución aludida en el Visto determina: "a) El período de embarque de las declaraciones juradas de ventas al exterior gozará de una prórroga automática de SESENTA (60) días corridos para cumplimentar el embarque del tonelaje declarado, a cuyo término operará el vencimiento de las mismas".

Que los operadores en el mercado externo de fibra de algodón por su especial forma de operar, en una gran mayoría se ven obligados a declarar sus ventas externas por condicionamiento del mercado.

Que con esta forma de comercialización se logra una prefinanciación externa, cuyo costo es ínfimo, siendo los beneficiarios del mismo los productores a través de sus ventas.

Que esta operatividad promueve la producción y exportación de la fibra de algodón.

Que la comercialización internacional de este producto se realiza por intermedio de empresas extranjeras, las cuales prefinancian las operaciones, no pudiéndose determinar hasta la concreción de las mismas el comprador, el destino final del producto y la fecha cierta del embarque.

Que el motivo precedentemente enunciado hace incurrir a los exportadores en el incumplimiento de sus declaraciones juradas de ventas al exterior.

Que en la presente campaña los exportadores debieron requerir a esta SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA una abultada cantidad de prórrogas extraordinarias.

Que conforme a lo establecido por la Resolución Nº 996 de fecha 22 de agosto de 1994 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se requiere la agilización de trámites dentro del ámbito de los organismos dependientes del mismo.

Que por los motivos expuestos resulta necesario permitir una mayor flexibilización a las operaciones de exportación de fibra de algodón.

Que el suscripto resulta competente para dictar el presente acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto Nº 1177 de fecha 10 de julio de 1992.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

Artículo 1º — Sustitúyese el inciso a) del artículo 3º de la Resolución Nº 685 de fecha 7 de agosto de 1992 del registro de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 3º - PRORROGAS"

a) El período de embarque de las declaraciones juradas de ventas al exterior gozará de una prórroga automática de SESENTA (60) días corridos para cumplimentar el embarque del tonelaje declarado, a cuyo término operará el vencimiento de las mismas. Para el caso de fibra de algodón el plazo señalado precedentemente será de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos."

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Felipe C. Solá.