Detalle de la norma RE-155-2000-SAGPA
Resolución Nro. 155 Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Organismo Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca
Año 2000
Asunto Documento de Tránsito de animales - Aranceles
Boletín Oficial
Fecha: 14/04/2000
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 155

10/04/2000

               Fecha:

14/04/2000

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Dependencia:

RE-155-2000-SAGPA

Tema:

Documento de Tránsito de animales -

Asunto:

Aranceles

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VISTO el expediente 2668/99 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Dec.1585/96 del 19 de diciembre de 1996, y -

CONSIDERANDO: Que por la norma citada en el Visto de la presente resolución, se otorgó al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA el carácter de entidad autárquica, cuyas relaciones con el PODER EJECUTIVO NACIONAL se mantienen a través de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, con competencia para el ejercicio de las funciones en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, fiscalización de la calidad agroalimentaria y control de tráfico federal, importación y exportación de los productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, agroalimentarios, fármacoveterinarios, agroquímicos, fertilizantes y enmiendas.

Que conforme al artículo 8º, inciso j) del Dec.1585/96 del 19 de diciembre de 1996, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA propone al Señor Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, un régimen de percepción de aranceles como contraprestación de las actividades que ejecuta. -

Que a tal efecto la Dirección de Luchas Sanitarias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal, del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA ha producido el respectivo informe, en virtud del cual se funda la necesidad de aplicar aranceles diferenciados, de acuerdo al tipo y extensión de los servicios que en la misma se prestan. -

Que el Consejo de Administración del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se ha expedido favorablemente sobre el particular. -

Que la DIRECCION DE LEGALES del AREA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete no encontrando reparos de orden legal que formular. -

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso j) del Dec.1585/96 del 19 de diciembre de 1996 y del Dec.1450/96 del 12 de diciembre de 1996 y sus modificatorios. -

Por ello, -

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIÓN RESUELVE: -

Art.1º - Facúltase al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, ente autárquico de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, a percibir el arancel que se establece en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Art.2º - El monto del arancel que se establece en el Anexo de la presente resolución deberá ser abonado por los interesados, de acuerdo a la modalidad que fije a tal efecto el citado Servicio Nacional. -

Art.3º - El producido del arancel que se establece en el Anexo de la presente resolución, deberá ingresar a la cuenta recaudadora del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, habilitada a tal fin por la SECRETARIA DE HACIENDA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA. -

Art.4º - La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. -

Art.5º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -

ANEXO

DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL DIRECCION DE LUCHAS SANITARIAS -

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Unidad de Medida

Arancel por unidad $

Documento para Tránsito de Animales (DTA) para aves con destino a faena. Camión/Chasis

 3,00

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