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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 15 |
18/06/2009 |
Fecha: |
22/06/2009 |
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Dependencia: |
RE-15-2009-SPGC |
Tema: |
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION
COMERCIAL |
Asunto: |
Equipos de aire acondicionado
originarios de Malasia |
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VISTO el Expediente Nº S01:0103818/2008 del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO |
Que
por el expediente citado en el Visto se desarrolló un procedimiento de
verificación de origen no preferencial para los equipos acondicionadores de
aire de capacidad menor o igual a SEIS MIL QUINIENTAS (6500) frigorías/hora;
versión frío solo o frío-calor mediante la utilización de válvula inversora
del ciclo térmico: de pared o ventana, formando un solo cuerpo, con dispositivo
para modificar la temperatura del aire; de unidades separadas, tipo split, ingresadas como un conjunto o por posiciones
arancelarias separadas, formado por: una unidad interior o unidad
evaporadora, compacta, prefabricada, sin equipo de enfriamiento, y una unidad
exterior o unidad condensadora, con compresor e intercambiador de calor,
comprendidos en las posiciones arancelarias de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) 8415.10.11, 8415.10.19,
8415.83.00 y 8418.61.10, declarados como originarios de MALASIA, en los
términos de lo establecido por
la Resolución Nº 437 de fecha 26 de junio de 2007
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. |
Que
en virtud de lo dispuesto por el Artículo 2º de
la Disposición Nº 3
de fecha 7 de septiembre de 2007 de
la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Departamento
Operacional Aduanero de
la Dirección General de Aduanas dependiente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, remitió a
la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION copia de la documentación
aduanera y comercial correspondiente a destinaciones de importación en las
que consta como exportador de los citados equipos de aire acondicionado la
firma MIM RESOURCES SDN BHD de MALASIA y como importadores las firmas
SUPERMERCADOS MAYORISTAS MAKRO S.A., COTO C.I.C.S.A.
e INGELEC S.A. de la REPUBLICA ARGENTINA. |
Que
de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 de
la Resolución Nº
437/07 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, con fecha 28 de marzo de
2008 se solicitó a través de
la
Dirección de Negociaciones Económicas Bilaterales de
la Dirección Nacional
de Negociaciones Económicas Bilaterales de
la SECRETARIA DE
COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, antecedentes, información y
documentación sobre la firma exportadora. |
Que
el requerimiento indicado en el considerando anterior fue reiterado mediante
la Nota Nº 224 de fecha 24
de junio de 2008 del Area de Origen de Mercaderías
dependiente de
la SUBSECRETARIA
DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. |
Que
mediante
la LETRA DIREB
Nº 321 de fecha 2 de octubre de 2008
la Dirección Nacional
de Negociaciones Económicas Bilaterales de
la SECRETARIA DE
COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO presentó información referente a
la firma MIM RESOURCES SDN BHD, dando respuesta a lo requerido. |
Que
asimismo en cumplimiento con lo establecido por el Artículo 9º de
la Resolución Nº 437/07 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, mediante las Notas Nros. 121 de fecha 28 de marzo de 2008, 133 de fecha 4 de
abril de 2008 y 172 de fecha 19 de mayo de 2008, todas del Area de Origen de Mercaderías dependiente de
la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se remitió a las firmas
importadoras SUPERMERCADOS MAYORISTAS MAKRO S.A., COTO C.I.C.S.A.
e INGELEC S.A. el Cuestionario de Verificación de Origen para que el mismo
sea cumplimentado por el exportador o fabricante e intervenido por la
representación consular de
la REPUBLICA ARGENTINA en MALASIA. |
Que
en respuesta al requerimiento efectuado a través de las Notas Nros. 121/08, 133/08 y 172/08, todas del Area de Origen de Mercaderías, las firmas importadoras
SUPERMERCADOS MAYORISTAS MAKRO S.A., COTO C.I.C.S.A.
e INGELEC S.A. presentaron los Cuestionarios de Verificación de Origen
suscriptos por la firma exportadora, debidamente cumplimentados
e intervenidos por el Consulado de
la REPUBLICA ARGENTINA
en MALASIA. |
Que
del análisis y evaluación de la información suministrada surge que la firma
productora de los bienes en cuestión es MIM RESOURCES SDN BHD con domicilio
en LOT 8, LORONG KELULI
1C,
BUKIT RAJA INDUSTRIAL PARK, SEKSYEN 7, 40800 SHAH ALAM, SELANGOR DARUL EHSAN,
MALASIA y se dedica a la fabricación de equipos acondicionadores de aire. |
Que
en la producción de los equipos en cuestión se utilizan tanto insumos,
partes, piezas y componentes originarios de MALASIA, como no originarios
procedentes de
la
REPUBLICA POPULAR CHINA y del REINO DE TAILANDIA. |
Que
en todos los casos, la participación de los insumos originarios más el valor
agregado en MALASIA resulta ser igual o superior al SESENTA POR CIENTO (60%)
respecto al valor de exportación de los equipos acondicionadores de aire. |
Que
el proceso productivo realizado en MALASIA incluye el montaje de los
componentes de la plaqueta principal de control del sistema, el montaje de
subconjuntos mecánicos y tuberías, el armado de la caja de control, la
interconexión de las partes por las cuales circulará el gas y el ensamble de
las partes eléctricas y electrónicas. |
Que
por lo tanto el análisis y evaluación de todos los antecedentes refleja que
los productos en cuestión exportados por la firma MIM RESOURCES SDN BHD
reúnen las condiciones para ser considerados originarios de MALASIA en los
términos del Artículo 14 de
la
Ley Nº 22.415 (Código Aduanero). |
Que conforme lo establecido en el Artículo 11 del Decreto
Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de
2008 ha tomado intervención el Servicio
Jurídico competente. |
Que la presente disposición se dicta en función de
lo dispuesto por el Decreto Nº 2102/08 y por
la Resolución Nº 437/07 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION. |
Por ello, |
EL SUBSECRETARIO DE POLITICA Y GESTION
COMERCIAL DISPONE: |
ARTICULO
1º — Determínase que los equipos acondicionadores
de aire indicados en el Artículo 2º de
la Resolución Nº 74 de
fecha 21 de febrero de 2003 del ex MINISTERIO DE
LA PRODUCCION, exportados
por la firma MIM RESOURCES SDN BHD de MALASIA, cumplen con las condiciones para
ser considerados originarios de ese país en los términos de lo dispuesto en
el Artículo 14 de
la Ley Nº
22.415 (Código Aduanero). |
ARTICULO
2º — Notifíquese a
la
Dirección General de Aduanas dependiente de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, que corresponde excluir de los alcances de
la Disposición Nº 3
de fecha 7 de septiembre de 2007 de
la SUBSECRETARIA DE
POLITICA Y GESTION COMERCIAL de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a las operaciones de
importación de los productos indicados en el Artículo 1º de la presente disposición,
declarados como originarios de MALASIA, en los que conste como exportador la firma
MIM RESOURCES SDN BHD de ese país. |
ARTICULO
3º — Notifíquese a
la
Dirección General de Aduanas que corresponde la devolución
de las garantías constituidas en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3º de
la Disposición Nº
3/07 de
la
SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, para los
despachos de importación de los productos indicados en el Artículo 1º de la
presente disposición declarados como originarios de MALASIA, en los que
conste como exportador la firma MIM RESOURCES SDN BHD de ese país. |
ARTICULO
4º — Las operaciones de importación de equipos acondicionadores de aire
indicados en el Artículo 2º de
la Resolución Nº 74/03 del ex MINISTERIO DE
LA PRODUCCION, en las
que conste como exportador la firma MIM RESOURCES SDN BHD de MALASIA,
continuarán sujetas a la exigencia de presentación de certificados de origen
en los términos de lo dispuesto por el Artículo 2º, inciso b) de
la Resolución Nº 763
de fecha 7 de junio de 1996 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS. |
ARTICULO
5º — La presente disposición comenzará a regir a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
ARTICULO
6º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Lic. EDUARDO D. BIANCHI, Subsecretario de
Política y Gestión Comercial. |
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