Instituto Nacional de Tecnología Industrial
ARANCELES
Resolución 15/2005
Establécense los aranceles correspondientes a la tramitación y emisión
de la Licencia para Configuración de Modelo y su control, conforme las
distintas categorías de vehículos especificadas en la Ley Nº 24.449 y su Decreto Reglamentario Nº 779/1995.
CONSEJO
DIRECTIVO
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ACTA
EXTRAORDINARIA Nº 1093 - 27/9/2005
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VISTO
la Resolución de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Nº 247 de fecha 22 de septiembre de 2005, y
CONSIDERANDO
Que
el Artículo 12 de la norma mencionada en el Visto determina que a los fines de
sufragar los costos operativos que implican las tareas de evaluación para la
emisión de la Licencia para Configuración de Modelo y posterior fiscalización y
control, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) establecerá los
aranceles correspondientes, con cargo a los administrados.
Que,
en consecuencia, corresponde establecer los aranceles correspondientes a la tramitación
y emisión de la Licencia para Configuración de Modelo y su control conforme las
distintas categorías de vehículos L, M, N y O especificadas en la Ley Nº 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial y su Decreto Reglamentado Nº 779/1995.
Que,
a efectos de alentar la actividad industrial nacional, deberá fijarse un
arancel diferencial para aquellas empresas que soliciten la emisión de la Licencia para Configuración de Modelo, cuyo capital social de origen nacional sea superior al
CINCUENTA POR CIENTO (50%).
Que
el Programa de Metrología, Calidad y Certificación, el Programa de Mejora
Continua de la Administración Financiera y la Secretaria Legal y Técnica han tomado la intervención que les compete.
Que
la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el
Artículo 4º, Inciso f) del Decreto — Ley Nº 17.138/1957, ratificado por Ley Nº
14.467, Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL.
Por
ello,
EL
CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL
RESUELVE:
Artículo 1º —
Establécense los aranceles correspondientes a la tramitación y emisión de la Licencia para Configuración de Modelo y su control, según las categorías que a continuación
se citan:
1.
Categoría L
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PESOS
DOS MIL ($ 2.000)
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2.
Categoría M
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PESOS
CUATRO MIL ($ 4.000)
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3.
Categoría N
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PESOS
CUATRO MIL ($ 4.000)
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4.
Categoría O
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PESOS
DOS MIL ($ 2.000)
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Las
empresas cuyo capital social de origen nacional sea superior al CINCUENTA POR
CIENTO (50%) tendrán una bonificación del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los
aranceles prefijados.
Para
la tramitación de las diferentes extensiones sobre las Licencias para
Configuración de Modelo ya otorgadas corresponderá un arancel del CINCUENTA POR
CIENTO (50%) del valor estipulado para su emisión.
Art. 2º —
La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 3º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Enrique M. Martínez. — Ricardo A.
Ferraro.