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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of |
Resolución n° 15 |
13/12/1996 |
Fecha: |
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Dependencia:
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RE-15-1996-GMC |
Tema:
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MERCOSUR |
Asunto:
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PAUTAS NEGOCIADORAS DEL SGT Nº 1 |
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VISTO El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto,
la Resolución Nº 38/95
del Grupo Mercado Común. |
CONSIDERANDO: |
La
conveniencia de ampliar el Programa de tareas del SGT Nº 1. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
Art.
1º. Incorporar a las Pautas Negociadoras del SGT Nº 1, las siguientes tareas
que figuran como Anexo y forman parte de la presente Resolución. |
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ANEXO |
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PLANES DE NUMERACION Y CODIGOS DE
SEÑALIZACION |
Definición:
Elaboración de una estrategia común ante las futuras modificaciones que
genere
la UIT
en cuanto a los planes de numeración y códigos de señalización. |
Justificación:
En octubre de 1996 se llevará a cabo
la Conferencia Mundial
de Telecomunicaciones de
la UIT
en la cual se definirán las áreas de estudio relativas a los planes de
numeración de la red conmutada, de la red de paquetes y de la red de
señalización, siendo de interés mutuo de los Estados Parte la definición de
una estrategia común en tales aspectos. |
Plazo
razonable para su realización: (6) seis meses. |
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ARMONIZAR CRITERIOS DE INTERCONEXION DE
REDES |
Definición:
Establecimiento de normas de interconexión de redes de telecomunicaciones sin
que las mismas afecten a la configuración de las redes de los Estados Parte |
Justificación:
Permitir la eficiente interconexión de redes en base a la armonización de
interfases y sus principales características asociadas, tomando especialmente
en cuenta las recomendaciones de
la
UIT. |
Plazo
razonable para su realización: 2 (dos) años. |
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CAPACITACION DE LOS RECURSOS HUMANOS |
Definición:
Coordinación de la programación de la capacitación en materia de
telecomunicaciones para el desarrollo de los recursos humanos en el MERCOSUR. |
Justificación:
Evitar esfuerzos innecesarios en la formulación del plan de capacitación de
los recursos humanos de los Estados Parte, a efectos de compartir recursos y
experiencias, así como lograr un mejor aprovechamiento de las ofertas
disponibles. |
Plan
razonable para su realización : 2 (dos) años. |
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ACCESO INALAMBRICO PARA TELEFONIA FIJA |
Definición:
Armonizar el uso de las bandas de frecuencia destinadas a los sistemas de
acceso inalámbrico para telefonía fija, estableciendo los procedimientos para
su coordinación en áreas de frontera y compatibilización de los sistemas. Promover el intercambio de experiencias entre los Estados
Parte. |
Justificación:
La introducción de estos sistemas en las áreas de frontera hace
imprescindible la coordinación de frecuencias. El intercambio de experiencias
y la compatibilización de los sistemas permitirá la optimización de los recursos. |
Plan
razonable para su realización: 2 (dos) años. |
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OPTIMIZACION INFRAESTRUCTURA DEL
TRAFICO INTERNACIONAL |
Definición:
Evaluar los medios (reglamentarios y técnicos) necesarios para permitir el
uso conjunto de la infraestructura de las redes internacionales de los
Estados Parte (medios de transmisión y conmutación), con el objetivo de
optimizar los recursos requeridos para acarrear el tráfico internacional. |
Justificación:
Necesidad de aumentar la capacidad de tráfico, confiabilidad y calidad de las
redes internacionales, optimizando el uso de los recursos disponibles
(enrutamientos alternativos, segurización, etc.). |
Plan
razonable para su realización: 2 (dos) años. |
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