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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Nº 15 |
01/07/1993
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Fecha: |
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Dependencia: |
RE-15-1993-GMC |
Tema: |
MERCOSUR
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Asunto: |
RECONOCIMIENTO DEL CERTIFICADO DE
CALIBRACIÓN.-
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VISTO: El art. 13 del Tratado de Asunción, el art. 1 de la Decisión Nº 4/91 del
Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 8/93 del Subgrupo de Trabajo
Nº 3 "Normas Técnicas". |
CONSIDERANDO: |
La
gran demanda de servicios metrológicos existentes
en determinados países integrantes de la región. |
Que
algunos institutos cuentan con capacidades metrológicas
con la que no cuentan otros institutos nacionales. |
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE: |
ART
1- Los certificados de calibración correspondientes a servicios brindados por
un instituto metrológico de la región con la
responsabilidad nacional del mantenimiento de los patrones de las unidades de
medidas (INTI, INMETRO, INTN, LATU) emitidos a los efectos de proceder al
trámite de acreditación o mantenimiento de la acreditación de agencias de
calibración de la región, serán mutuamente reconocidos, siempre que sea
asegurada la trazabilidad a patrones primarios en
forma satisfactoria. |
ART
2- La solicitud de los servicios mencionados en el artículo 1º deberá ser
tramitada únicamente a través de los institutos citados. |
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