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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 1487 |
16/02/2009 |
Fecha: |
19/02/2009 |
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Dependencia: |
RE-1487-2009-ONCCA |
Tema |
INDUSTRIA LACTEA |
Asunto: |
Autorízase el pago
de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado por
la Resolución Nº
9/2007 del entonces Ministerio de Economía y Producción. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0046822/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante
la Resolución
Nº 609 de fecha 28 de enero de 2009 de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, organismo descentralizado en la órbita de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION, se autorizó el pago a la firma M.S.G.P.
DE MAGNASCO S.A., por la suma total de PESOS SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS
CUARENTA Y UNO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 64.641,61). |
Que
dicho pago se efectuó en concepto de la compensación establecida por las
Resoluciones Nros. 170 de fecha 18 de julio de 2008
del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 4.061 de fecha 16 de septiembre
de 2008 de la citada Oficina Nacional. |
Que
la liquidación abonada corresponde al OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) del importe
calculado, el cual consiste en la suma de PESOS CERO CON QUINCE CENTAVOS ($
0,15) por cada litro de leche utilizado en la elaboración de los productos
detallados en el ANEXO I (PRODUCTOS) y que fueran comercializados en el
mercado interno durante los meses de julio y agosto de 2008. |
Que
la firma solicitante cuenta con informe favorable de
la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION respecto
del cumplimiento de las pautas de precios internos acordados con el Gobierno
Nacional. |
Que
el Area de Lácteos de
la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha constatado los extremos requeridos por
el Artículo 9º y concordantes de la mencionada Resolución Nº 4061/08,
conforme surge del informe técnico obrante a fojas 9/11. |
Que
la Coordinación
Legal y Técnica de la aludida Oficina Nacional, no ha
presentado objeciones a la continuación del trámite. |
Que,
en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de la diferencia
entre el OCHENTA Y CINCO POR CIENTO (85%) abonado mediante la citada
Resolución Nº 609/09 y la liquidación final resultante. |
Que
el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en función
de lo dispuesto por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por
las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de
2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007 y 170 de fecha 18 de julio de 2008,
todas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y 4061 de fecha 16 de
septiembre de 2008 de
la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO. |
Por ello, |
EL PRESIDENTE DE
LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE: |
Artículo
1º — Apruébase la diferencia de compensación a la
firma M.S.G.P. DE MAGNASCO S.A por la suma de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS SIETE CON TREINTA Y CUATRO
CENTAVOS ($ 11.407,34) resultante de la liquidación final y el OCHENTA Y
CINCO POR CIENTO (85%) percibido mediante Resolución Nº 609 de fecha 5 de
enero de 2009 de
la
OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO,
organismo descentralizado en la órbita de
la SECRETARIA DE
AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, correspondiente a los meses de julio y agosto de 2008. |
Art.
2º — Autorízase el pago de la compensación
consignada en el Artículo 1º de la presente medida, a la firma M.S.G.P. DE MAGNASCO S.A., C.U.I.T.
Nº 30-69143658-2, Clave Bancaria Uniforme Nº 0140339601630201714108, el que
asciende a la suma total de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS SIETE CON TREINTA Y
CUATRO CENTAVOS ($ 11.407,34).- |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Emilio Eyras. |
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