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VISTO la Resolución
N° 2382/91 relativa al Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional
Terrestre y,
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CONSIDERANDO: Que por Resolución N° 458/93 (RGTI) se aprobó el Anexo VIII "A" referente al Reconocimiento de Precintos Nomina de
Países y Modelos.
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Que
mediante Nota SSTA N° 459/93 de la Subsecretaría de Transporte Automotor
Secretaría de Transporte de la Nación, fue comunicado oficialmente y
remitido el precinto en uso por la Superintendencia Nacional de Aduanas de Perú (ANN° 1707/93).
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Que
corresponde, en consecuencia, la incorporación del modelo de precinto en el
Anexo citado precedentemente.
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Que en ejercicio de las
facultades conferidas por el artículo 23, inciso i) de la Ley 22.415.
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Por
ello,
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El
Administrador Nacional de Aduanas Resuelve:
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ARTICULO
1o Aprobar el Indice Temático
que se detalla en el Anexo I "B" y el Anexo VIII "B" Reconocimientos de Precintos Nomina de Países
y Modelos de esta Resolución, que reemplazan a los Anexos I "A" y VIII "A" de la Resolución N° 2382/91.
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ART.
2o Derogar los Anexos I A y Vlll A de la Resolución N° 458/93
(BANA N° 35/93).
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ART.
3o De forma.
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ANEXO
I "B"
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INDICE
TEMÁTICO
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Anexo
II
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Transporte
Internacional Por Carretera - Norma general y disposiciones específicas.
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Anexo
III
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Acuerdo
de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre.
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Anexo
IV
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Manifiesto
Internacional de carga / Declaración de Transito Aduanero MIC/DTA.
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Anexo
V
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Instrucciones
para el llenado del MIC/DTA.
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Anexo
VI
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Códigos
de países, de Aduanas, de monedas y de envases y embalajes.
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Anexo
VII uso del
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Uso del MIC/DTA nómina
de países.
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Anexo
VIII "B"
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Reconocimiento
de precintos nómina de países y modelos.
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Anexo
Vill/l
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Precintos
M-SA Y ANA para las unidades de Transporte con destino a los países de la Región.
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Anexo
IX
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Forma de aplicación de
los precintos.
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Anexo
X
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Comisión del Artículo 16
del Acuerdo de Alcance Parcial de Transporte Internacional Terrestre.
Criterios Interpretativos y Acuerdos de los Ministros de Obras Públicas y Transportes de los países
del Cono Sur - Acuerdos Bilaterales o multilaterales (Artículo 14 de
las Disposiciones Generales - Capitulo I y Artículo 29 del Anexo I - Aspectos Aduaneros).
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Nota:
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El
original Anexo I fue aprobado por Resolución 2382/91.
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La
primera modificación fue aprobada por Resolución N° 458/93.
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Esta
es la segunda modificación aprobada por Resolución N° 141/94.
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