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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 138 |
28/05/2009 |
Fecha: |
01/06/2009 |
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Dependencia: |
RE-138-2009-SCI |
Tema: |
DEFENSA DEL CONSUMIDOR |
Asunto: |
Restablécese la
vigencia de lo dispuesto por el artículo 1º de
la Resolución Nº
1233/97. Déjase sin efecto
la Resolución Nº 413/99. |
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VISTO el Expediente Nº S01:0204110/2009 del Registro del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, |
CONSIDERANDO |
Que
por el artículo 50 inciso b) de
la
Ley Nº 25.065 se designó Autoridad de Aplicación a
la SECRETARIA DE
COMERCIO INTERIOR, del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, hoy
dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANANZAS PUBLICAS, en todas
aquellas cuestiones que se refieren a aspectos comerciales de la operatoria
de tarjetas de crédito. |
Que
por el artículo 1º de
la
Resolución Nº 1233 del 19 de noviembre de 1997 la entonces
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA delegó en
la DIRECCION NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR, de esa Secretaría, entre otras atribuciones, el
contralor y vigilancia sobre el cumplimiento de las Leyes Nros.
19.227, 19.511, 20.680, 22.802 y 24.240 y sus decretos y normas
reglamentarias, así como el juzgamiento en sede administrativa de las infracciones
y la aplicación de las sanciones que correspondan. |
Que
atento el dictado de
la Ley Nº
25.065, por
la
Resolución Nº 413 de fecha 17 de junio de 1999 de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA dependiente del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se sustituyó el artículo 1º de
la Resolución Nº
1233/97 incorporando en la delegación establecida a
la DIRECCION NACIONAL
DE COMERCIO INTERIOR el control y vigilancia como el juzgamiento en sede
administrativa de las infracciones y la aplicación de las sanciones que
correspondan. |
Que
atento la política económica actual es necesario que
el SECRETARIO DE CO MERCIO INTERIOR asuma las facultades que le son propias
en el marco de la competencia establecida por el artículo 50 inciso b) de
la Ley Nº 25.065. |
Que
en consecuencia corresponde dejar sin efecto
la Resolución Nº
413/99, y restablecer la vigencia de lo dispuesto por el artículo 1º de
la Resolución Nº 1233/97. |
Que
la
Dirección de Legales del Area de
Industria, Comercio y
la
Pequeña y Mediana Empresa dependiente de
la Dirección General
de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas ha tomado
la intervención que le compete. |
Que
la presente medida se dicta en uso de las facultades acordadas por el art. 50 inc. b) de
la Ley Nº 25.065 |
Por ello, |
EL
SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR RESUELVE: |
Artículo
1º — Déjase sin efecto
la Resolución Nº 413
de fecha 17 de junio de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
Art.
2º — Restablécese la vigencia de lo dispuesto por
el artículo 1º de
la
Resolución Nº 1233 de fecha 19 de noviembre de 1997 de la ex
SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Mario G. Moreno. |
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