Detalle de la norma RE-134-2007-DGA
Resolución Nro. 134 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2007
Asunto Verificación de mercaderías confección para calzado
Boletín Oficial
Fecha: 03/05/2007
Detalle de la norma

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Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución n° 134

23/04/2007

Fecha:

03/05/2007

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Dependencia:

RE-134-2007-DGA

Tema LOA:

 

Tema:

ADUANAS

Asunto:

Intervención de la Cámara Argentina de Fabricantes de Avíos y Accesorios para la Industria de la Confección, el Calzado, la Marroquinería y Afines, en la verificación de mercaderías.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

VISTO la presentación efectuada por la CAMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE AVIOS Y ACCESORIOS PARA LA INDUSTRIA DE LA CONFECCION, EL CALZADO, LA MARROQUINERIA Y AFINES (C.A.F.A.I.C.Y.M.), mediante actuación SIGEA Nº 12206 – 18730 – 2006, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 20-11-2000, mediante Resolución Nº 187/2000 (DE ADBA), se autorizó la intervención de la Cámara citada en el Visto en carácter de observadora en la verificación física de las mercaderías amparadas en destinaciones de importación a las que les fuera asignado Canal Rojo de Selectividad y cuyas posiciones arancelarias se detallaran en el Anexo I de dicha Resolución, en el ámbito de la Aduana de Buenos Aires y Ezeiza, todo ello de conformidad a lo previsto en la Resolución Nº 701/1999 (AFIP) e Instrucción General Nº 11/1999 (DGA).

Que por Providencia Nº 10/2000 (DE SURG) se efectuó la ampliación de la jurisdicción en la cual la cámara estaba autorizada a intervenir en carácter de observadora, incorporando las Aduanas de Goya, Corrientes, Paso de los Libres, Santo Tomé, Colón, Concepción del Uruguay, Concordia, Diamante, Gualeguaychú, Paraná, Bahía Blanca, Campana, La Plata, Mar del Plata, Necochea, San Nicolás, San Pedro, Santa Fe, San Lorenzo, Rosario, Villa Constitución y Córdoba.

Que por Resolución Nº 30/2005 (DE OABA) se autorizó la modificación de los Anexos I y II de la Resolución autorizante a fin de proceder a la actualización del listado de posiciones arancelarias y nómina del personal técnico autorizado para actuar en carácter de veedores.

Que mediante una nueva presentación la entidad en cuestión solicita modificar nuevamente los Anexos I y II de la Resolución autorizante, a los efectos de incluir en el ámbito de la Dirección Aduana de Ezeiza las mercaderías documentadas en las posiciones arancelarias detalladas en el Anexo I de la presente y cuyas destinaciones cursen por canal rojo de selectividad, así como también incorporar en la nómina de veedores al personal técnico que se detalla en el Anexo II.

Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas en la Resolución General Nº 701/1999 (AFIP) e Instrucción General Nº 11/1999 (DGA).

Por ello:

LA DIRECTORA DE LA DIRECCION ADUANA DE EZEIZA RESUELVE:

Artículo 1º — Agregar a los Anexos I y II de la Resolución 30/2005 (DE OABA), las posiciones arancelarias y el personal técnico que se menciona en los Anexos I y II de la presente Resolución.-

Art. 2º — Regístrese. Notifíquese por esta Dirección a la peticionante. Elévese copia a la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y remítase copia a las Divisiones Verificación y Resguardo de esta Dirección para su conocimiento. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido archívese. — Rosa N. García.

 

NOTA LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO

 

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