Detalle de la norma RE-13-2008-CFP
Resolución Nro. 13 Consejo Federal Pesquero
Organismo Consejo Federal Pesquero
Año 2008
Asunto Pago de arnacel de pesca
Boletín Oficial
Fecha: 30/09/2008
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 13

25/09/2008

Fecha:

30/09/2008

 

Dependencia:

RE-13-2008-CFP

Tema:

PESCA

Asunto:

Ley Federal de Pesca Nº 24.922. Establécese un mecanismo permanente que permita regularizar el pago de aranceles adeudados en concepto de derecho único de extracción por especie y modalidad de pesca.

 

VISTO: lo dispuesto por los artículos 7º, inciso l), 9º, incisos a) e i), y 29 de la Ley Federal de Pesca Nº 24.922, y

CONSIDERANDO:  

Que la Ley Federal de Pesca Nº 24.922 establece que el ejercicio de la pesca de los recursos vivos en los espacios marítimos bajo jurisdicción argentina estará sujeto al pago de un derecho único de extracción por especie y modalidad de pesca, el que será establecido por el CONSEJO FEDERAL PESQUERO.

Que resulta necesario establecer un mecanismo permanente que permita regularizar el pago de aranceles adeudados en concepto de derecho único de extracción.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de los artículos 9º, inciso i) y 29 de la Ley Nº 24.922.

Por ello,

EL CONSEJO FEDERAL PESQUERO RESUELVE:

Artículo 1º — Facúltase a la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.922 a instrumentar planes de pago de hasta SEIS (6) cuotas mensuales y consecutivas para el cobro de deudas correspondientes a derechos únicos de extracción impagas con más sus correspondientes intereses.

Art. 2º — La falta de pago alguna de las cuotas que se establezcan determinará la suspensión del despacho a la pesca del buque hasta que el permisionario cumpla con la totalidad del pago exigible.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Francisco J. Romano. — Carlos A. Cantu. — Omar M. Rapoport. — Jorge O. Khoury. — Juan C. Braccalenti. — Eduardo Bauducco. — Miguel Alcalde. — Héctor M. Santos.