Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18-08-77 IMPUESTOS
Resolución General 112/2005 Fíjanse para el segundo, tercer y cuarto trimestre
del período fiscal 2005 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de
las declaraciones juradas decenal
Comisión Arbitral Convenio Multilateral del 18-08-77
IMPUESTOS
Resolución General 112/2005
Fíjanse para el segundo, tercer y cuarto trimestre del período fiscal
2005 las fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones
juradas decenales, referidas al Sistema de Recaudación y Control de
Acreditaciones Bancarias "SIRCREB".
Bs.
As., 15/2/2005
VISTO
Las
facultades conferidas a esta Comisión Arbitral para dictar normas de
procedimiento, recaudación, control, vencimientos y atribución de fondos
referidas a los regímenes de recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
aplicable sobre los importes que sean acreditados en cuentas abiertas en las
entidades financieras, y
CONSIDERANDO:
Que
es necesario establecer las fechas de vencimientos para la presentación y pago
de las obligaciones a cargo de las entidades financieras.
Por
ello,
LA COMISION ARBITRAL
(Convenio
Multilateral del 18.08.77)
RESUELVE
Artículo 1º —
Fijar para el segundo, tercer y cuarto trimestre del período fiscal 2005 las
fechas de vencimiento de la presentación y pago de las declaraciones juradas
decenales, referidas al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones
Bancarias "SIRCREB"; aplicable sobre los importes que sean
acreditados en cuentas abiertas en las entidades financieras, detalladas en el
Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2º —
Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. — Román G. Jáuregui. — Mario
A. Salinardi.
ANEXO
I - Resolución General Nº 112
SISTEMA
SIRCREB
CALENDARIO
DE VENCIMIENTOS - AÑO 2005
|