RE-112-1994
CARACTERISTICAS COMUNES A LAS QUE
DEBERIAN TENDER LOS DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION DE
CIRCULACION ENTRE LOS ESTADOS PARTES
VISTO: El Art. 13 del
Tratado de Asunción, el Art. 10 de la Decisión No. 4/91 del Consejo del Mercado
Común, la Resolución Nos. 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación No.
25/94 del SGT No 2 “Asuntos Aduaneros”.
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes se
comprometieron a perfeccionar permanentemente el sistema de documentos de
identificación, con miras a la unificación de criterios en materia de registro,
tendiente a la instrumentación de un documento único de viaje, acordándose que
en el futuro se deberá contemplar que los documentos de identificación personal
de orden nacional contengan los datos básicos que se establecen en la presente
norma;
Que ese mecanismo contribuye a la
armonización de criterios y posibilita un mayor entendimiento entre los
Organismos Nacionales competentes de los Estados Partes, con miras a la
profundización de los estudios inherentes a la obtención de documentos de mejor
calidad técnica que garanticen su autenticidad y dificulten su adulteración;
EL GRUPO MERCADO
COMUN
RESUELVE:
Artículo 1 – Aprobar el
documento sobre “CARACTERÍSTICAS COMUNES A LAS QUE DEBERIAN TENDER LOS
DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION DE CIRCULACION ENTRE LOS ESTADOS PARTES”, que
consta como anexo a la presente Resolución.
Artículo 2 – Las Autoridades de
los organismos competentes que se mencionan a continuación adoptarán las
medidas tendientes a asegurar la instrumentación de lo establecido:
Argentina: Registro Nacional
de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Policía Federal Argentina,
dependientes del Ministerio del Interior.
Brasil: Departamento de Polícia
Federal, dependente do Ministério da Justiça.
Paraguay: Departamento de
Identificaciones y Departamento de Migraciones, dependientes de la Policía
Nacional.
Uruguay: Dirección Nacional
de Identificación Civil y Dirección Nacional de Migración, dependientes del
Ministerio del Interior.
XVI GMC –
Ouro Preto, 15/XII/1994.
Argentina:
Registro
Nacional de las Personas, Dirección Nacional de Migraciones y Policía Federal
Argentina, dependientes del Ministerio del Interior.
Brasil:
Departamento
de Polícia Federal, dependente do Ministério da Justiça.
Paraguai:
Departamento de Identificaciones y Departamento de
Migraciones, dependientes de la Policía Nacional.
Uruguai:
Dirección Nacional de Identificaçión Civil y Dirección
Nacional de Migración, dependientes del Ministerio del Interior.
ANEXO
CARACTERISTICAS
COMUNES A LAS QUE DEBERIAN TENDER LOS DOCUMENTOS DE IDENTIFICACION DE
CIRCULACION ENTRE LOS ESTADOS PARTES.
1. Tipo de documento:
Tarjeta
2. Datos alfanuméricos:
2.1. Número de identificación:
Número con
dígito verificador.
2.2. Nombres y Apellidos.
- Filiación
Quedando a criterio
de cada Estado Parte su inclusión en el documento.
2.3. Sexo.
Quedando a criterio
de cada Estado Parte su inclusión en el documento.
2.3. Datos de nacimiento:
a) Lugar de nacimiento
En el siguiente
orden:
- País
- Identificación del lugar de nacimiento en orden de
universalidad decreciente en función de la organización política del país.
b) Fecha de nacimiento:
En el siguiente
orden:
- Día: numérico
de dos posiciones.
- Mes: numérico
de dos posiciones.
- Año: numérico
de cuatro posiciones.
2.4. Fecha de emisión
En el siguiente orden:
- Día: numérico de dos
posiciones.
- Mes: numérico de dos
posiciones.
- Año: numérico de
cuatro posiciones.
2.5. Plazo de validez o fecha de
vencimiento
a) Plazo de validez.
- Documento
vitalicio: quedando a criterio de cada Estado Parte la edad a partir de la cual
se expediría.
b) Fecha de vencimiento
En el siguiente
orden:
- Día: numérico
de dos posiciones.
- Mes: numérico
de dos posiciones.
- Año: numérico
de cuatro posiciones.
2.6. Organismo emisor.
3. Datos gráficos:
3.1. Fotografía o imagen
digitalizada.
3.2. Firma (salvo imposibilidad
del interesado).
3.3. Impresiones digitales:
Dígito pulgar
derecho. En su defecto dígito pulgar izquierdo, en su defecto cualquier dedo
dejando constancia. Formato rodado.
4. Componentes de
seguridad:
4.1. Cubierta plástica adhesiva de
seguridad.
4.2. Medio automático para
lectura: a determinar.
Debiendo contener los
datos básicos y prefijo alfabético respectivo:
A - Argentina
B - Brasil
P - Paraguay
U - Uruguay.
4.3. Forma de consulta: a
determinar.