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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 11 |
15/04/2009 |
Fecha: |
23/04/2009 |
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Dependencia: |
RE-11-2009-INV |
Tema: |
VITIVINICULTURA |
Asunto: |
Prorrógase la fecha máxima fijada
para la finalización de la recolección de uvas con destino a la molienda en
bodegas y fábricas de mostos para el año 2009. |
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VISTO
la
Resolución Nº C.8 de
fecha 13 de abril de 2009, y |
CONSIDERANDO |
Que
por la resolución citada en el Visto, se han fijado las fechas máximas para
la recolección de las uvas con destino a la molienda en bodegas y fábricas de
mostos para la totalidad de las zonas productoras. |
Que
si bien éstas responden a las expectativas de producción y parámetros
técnicos y biológicos al momento de su instrumentación, dichos plazos
resultan afectados por diversas contingencias modificatorias imperantes en la
oportunidad en que ellas se establecieron. |
Que en ciertas zonas se ha producido la falta de
mano de obra para la recolección de la materia prima y posterior elaboración,
como así también la espera de una maduración óptima de ciertas variedades
finas para vinos de alta calidad, por lo que se hace necesario y conveniente
establecer para los departamentos y localidades ubicadas al sur del Río
Mendoza, en
la Provincia
de MENDOZA, nueva fecha de recolección de las uvas. |
Que
el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA debe adoptar todas aquellas medidas
que, sin atentar contra la fiscalización que la ley le encomienda, eviten
innecesarios perjuicios a los productores o afecten sus derechos. |
Por
ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878,
24.566 y 25.163 y el Decreto Nº 1306/08, |
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA RESUELVE: |
1º
— Prorrógase la fecha máxima fijada para la finalización de la recolección de
uvas con destino a la molienda en bodegas y fábricas de mostos, para la zona
productora que a continuación se indica: |
ZONA
SUR DEL RIO MENDOZA: 26/04/2009 |
2º
— Manténganse vigentes, todas las condiciones establecidas en
la Resolución Nº C.8
de fecha 13 de abril de 2009. |
3º
— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. — Guillermo
D. Garcia. |
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