Detalle de la norma RE-11-2008-DGA
Resolución Nro. 11 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2008
Asunto Régimen de Aduanas Domiciliarias. Inclusión.
Boletín Oficial
31362 Fecha: 10/03/2008
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 11

05/03/2008

Fecha:

10/03/2008

 

Dependencia:

RE-11-2008-DGA

Tema:

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

Asunto:

Régimen de Aduanas Domiciliarias. Inclusión.

 

VISTO: la ACTUACION SIGEA Nº 13289-11473- 2006 del 10 de abril de 2006, en trámite ante el Departamento Grandes Operadores y,

CONSIDERANDO:  

Que la firma RENAULT ARGENTINA S.A., a través de su representante legal solicita su inclusión para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias regulado por Resolución General Nº 596 (AFIP), aportando la totalidad de la documentación requerida al efecto, en el mes de febrero de 2008.

Que a fin de determinar el efectivo cumplimiento de lo estipulado en la normativa referenciada, se efectuaron a través del Departamento Grandes Operadores consultas a las distintas dependencias de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, como también constataciones personales en la empresa.

Que reunida la información aportada por las áreas, la que obra agregada por cuerda al expediente principal, la División Aduanas

Domiciliarias dependiente del Departamento Grandes Operadores eleva un pormenorizado informe a la Jefatura Departamental.

Que en base a este último informe y habiéndose verificado la existencia de las instalaciones para el establecimiento de la Aduana

Domiciliaria y acreditado la presentación de la garantía requerida de conformidad a lo estipulado en el Anexo II, punto 4 de la Resolución General Nº 596 (AFIP), el Departamento Grandes Operadores propicia la inclusión de la firma en el régimen de Aduanas Domiciliarias, por entender que la misma cumple con todos los requisitos legales establecidos a tal fin.

Que en atención a lo expuesto, corresponde aprobar la incorporación de la firma RENAULT ARGENTINA S.A. para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, apartado 2, inc. p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997 y el artículo 2º de la Resolución General Nº 596 (AFIP).

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS RESUELVE:

Artículo 1º — Incluir a la empresa RENAULT ARGENTINA S.A., CUIT Nº 30-50331781-4, con domicilio especial en Fray Justo Santa María de Oro 1744, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en Avda. Renault Nº 1020, de la ciudad de Córdoba, en el régimen de Aduanas Domiciliarias establecido por Resolución General Nº 596 (AFIP).

Art. 2º — Inscribir a la empresa señalada en el artículo precedente en el Registro de Agente de Transporte Aduanero de esta Dirección General, una vez verificada la presentación de la totalidad de la documentación requerida al efecto.

Art. 3º — Aceptar para operar en el Régimen de Aduanas Domiciliarias, la garantía de actuación de PESOS SETENTA Y SEIS MILLONES ($ 76.000.000,00) y proceder a su registración por el área competente.-

Art. 4º — Fijar el asiento de la Aduana Domiciliaria en las instalaciones destinadas al efecto por la firma RENAULT ARGENTINA S. A. de conformidad con los antecedentes y constancias que obran en estas actuaciones.

Art. 5º — Dentro de los TREINTA (30) días de publicada la presente en el Boletín Oficial, el Director General de la Dirección General de Aduanas, designará al personal que pasará a prestar servicios en la Aduana Domiciliaria asentada en el establecimiento de la firma.

Art. 6º — Habilitar a la firma en los sistemas informáticos, para operar bajo el régimen, de Aduanas Domiciliarias.

Art. 7º — Regístrese. Comuníquese. Notifíquese al representante legal de RENAULT ARGENTINA S. A. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. — Ricardo Echegaray.

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-596-1999-AFIP Régimen de Aduanas Domiciliarias. Inclusión.