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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 111
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28/11/2007
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Fecha:
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03/12/2007
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Dependencia:
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RE-111-2007-DGA
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Tema LOA:
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Tema:
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DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
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Asunto:
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Habilitación Provisoria Muelle Multipropósito.
Aduana Bahía Blanca.
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VISTO
la Actuación SIGEA Nº 12570-14-2007 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, y
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CONSIDERANDO:
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Que
por la citada actuación el Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía Blanca
—en adelante C.G.P.B.B.—, CUIT Nº 30-66414911-3, solicita la habilitación con
carácter provisorio para la atención aduanera del nuevo Muelle Multipropósito
(Sitio 21) de Puerto de Bahía Blanca, ubicado sobre la costa norte de la ría
de Bahía Blanca, en la localidad de Ingeniero White, Partido de Bahía Blanca,
en jurisdicción de la Aduana
del mismo nombre.
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Que
conforme surge del plano de fs. 3, el lugar a habilitar comprende la plataforma
del muelle, desde el espejo de agua proyectándose sobre todo su ancho y
largo, incluidos dolfin de amarre, pasarela peatonal, defensas de muelle,
bitas de amarre, torres de iluminación, portón de acceso e instalaciones de
servicios de agua potable e incendio.
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Que
el solicitante manifiesta que la operatoria que se desarrollará en el Sitio
21 será la descarga de contenedores vacíos y la carga de contenedores previamente
consolidados en planta, informando asimismo las obras pendientes para su
habilitación como Terminal Portuaria, estimando la finalización de las mismas
para el mes de junio de 2008.
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Que
el C.G.P.B.B. fue creado por Ley de la Provincia de Buenos Aires Nº 11.414 como
entidad del derecho público no estatal para la administración y explotación
de la zona portuaria de Bahía Blanca, constituyéndose como el primer Puerto
Autónomo de la República Argentina.
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Que
mediante Decreto Nº 640 del 21 de mayo de 2004 el Poder Ejecutivo habilitó
con carácter provincial, de uso público y con destino comercial e industrial el
Puerto de Bahía, perteneciente al C.G.P.B.B.
|
Que
la Zona Primaria
Aduanera en jurisdicción de la
Aduana de Bahía Blanca fue delimitada y habilitada mediante
Resolución Nº 18/98 (DGA).
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Que
el nuevo muelle en trato fue habilitado técnicamente por la Dirección Nacional
de Vías Navegables por Disposición Nº 94/2005 del 10 de diciembre de 2005 (fs.
6/8) y cuenta con la correspondiente autorización de amarre de buques cuya
eslora máxima no supere los DOSCIENTOS SETENTA (270) metros, otorgada por la Policía de Seguridad de la Navegación de la Prefectura Naval
Argentina mediante Disposición SNAV-NA9 Nº 004/06 (fs. 22/23).
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Que
por Nota Nº 403/07 (AD BABL) de fs. 77, la Aduana de Bahía Blanca se expide
favorablemente, considerando que el muelle reúne las condiciones de infraestructura
necesaria para el control aduanero, opinión que es compartida por la Dirección Regional
Aduanera Bahía Blanca mediante Nota Nº 1233/2007 (DI RABB) de fs. 118.
|
Que
a fin de no entorpecer el normal desarrollo de las actividades del comercio
exterior en la zona y hasta tanto la Aduana de Bahía Blanca impulse la
redelimitación de la
Zona Primaria Aduanera de su jurisdicción, resulta
procedente conceder la habilitación aduanera requerida, con carácter
provisorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días.
|
Que
han tomado la debida intervención la División Aduana
de Bahía Blanca, la
Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca y las Subdirecciones
Generales Técnico Legal Aduanera y de Operaciones Aduaneras del Interior.
|
Que
la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo
9º, apartado 2, inciso n) del Decreto 618 de fecha 10 de julio de 1997.
|
Por ello,
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EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS RESUELVE:
|
Artículo
1º — Conceder la habilitación aduanera con carácter provisorio por el término
de CIENTO OCHENTA (180) días del Muelle Multipropósito (Sitio 21) de Puerto de
Bahía Blanca, perteneciente al Consorcio de Gestión del Puerto de Bahía
Blanca (CUIT Nº 30-66414911-3), ubicado sobre la costa norte de la ría de
Bahía Blanca, en la localidad de Ingeniero White, Partido de Bahía Blanca, en
jurisdicción de la Aduana
del mismo nombre.
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Art.
2º — Esta Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación
en el Boletín Oficial.
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Art.
3º — Regístrese. Comuníquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín Oficial
de esta DIRECCION GENERAL. Tome conocimiento la Subdirección General
de Operaciones
|
Aduaneras
del Interior y la
Dirección Regional Aduanera Bahía Blanca. Cumplido,
remítase a la
División Aduana de Bahía Blanca, para su conocimiento y
notificación. — Ricardo Echegaray.
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