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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución n° 110 |
22/12/2008 |
Fecha: |
07/01/2009 |
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Dependencia: |
RE-110-2008-ORSNA |
Tema: |
AEROPUERTOS |
Asunto: |
Prorrógase la entrada en vigencia del
Reglamento para el Cobro de Tasas Aeroportuarias, aprobado por
la Resolución Nº 22/08. |
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VISTO el Expediente Nº 338/07 del Registro del ORGANISMO
REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), el Decreto Nº 375 de
fecha 24 de abril de 1997, el Decreto Nº 500 de fecha 2 de junio de 1997,
ambos ratificados por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 842 de fecha 27
de agosto de 1997, el Decreto Nº 163 de fecha 11 de febrero de 1998, el
Decreto Nº 642 de fecha 19 de marzo de 2003, el Decreto Nº 1799 de fecha 4 de
diciembre de 2007,
la
Resolución ORSNA Nº 22 de fecha 25 de marzo de 2008,
la Resolución ORSNA
Nº 39 de fecha 29 de mayo de 2008,
la Resolución ORSNA
Nº 66 de fecha 29 de agosto de 2008, y |
CONSIDERANDO: |
Que
por el Expediente citado en el VISTO tramitan las actuaciones referidas al “Reglamento
para el Cobro de Tasas Aeroportuarias” por parte de AEROPUERTOS ARGENTINA
2000 SOCIEDAD ANONIMA, aprobado por Resolución ORSNA Nº 22/08, en
cumplimiento a lo dispuesto por el Numeral 21 de
la Parte Cuarta del
Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Concesión, ratificada por Decreto
Nº 1799/07. |
Que
la reglamentación en cuestión contempla la creación de una Base de Datos por parte
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), así como
la implementación del Procedimiento de Funcionamiento y utilización de dicha
Base. |
Que
por su parte el Artículo 2º de la mencionada medida establece que el “Reglamento
para el Cobro de Tasas Aeroportuarias” entrará en vigencia a los CUARENTA
(40) días hábiles de efectuada su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la
REPUBLICA ARGENTINA. |
Que
por Resolución ORSNA Nº 39/08 se prorrogó por SESENTA (60) días hábiles la entrada
en vigencia del referido reglamento, ya que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) se encontraba abocado a desarrollar
la Base de Datos mencionada. |
Que
asimismo, por Resolución ORSNA Nº 66/08, por igual motivo, se resolvió
nuevamente prorrogar por otros SESENTA (60) días hábiles su entrada en
vigencia. |
Que
el DEPARTAMENTO DE INFORMATICA Y SISTEMAS del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) realizó la adquisición del equipamiento
necesario para la instalación de un enlace entre el ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA) y AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD
ANONIMA para garantizar que las conexiones entre los puntos remotos sean seguros,
encontrándose el equipamiento instalado y en correcto funcionamiento entre ambos
puntos de conexión. |
Que
asimismo, el DEPARTAMENTO DE INFORMATICA Y SISTEMAS informó que comenzó a
trabajar sobre el modelo de datos para la implementación del Sistema de Cobro
Anticipado de Tasas, siendo necesario para ello contar con un servicio por
parte de AEROPUERTOS ARGENTINA 2000 SOCIEDAD ANONIMA (webservice)
que permitirá tomar los datos referidos al cobro de tasas desde la nueva
versión del sistema SAP implementado por ese Concesionario, señalando que su
implementación se estima en un plazo de NOVENTA (90) días hábiles. |
Que
el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS es competente para
el dictado de la presente medida conforme lo establece el Artículo 3º de
la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y demás normativa citada
precedentemente. |
Que
en Reunión de Directorio de fecha 17 de diciembre de 2008 se ha considerado
el asunto, facultándose al suscripto a dictar la presente medida. |
Por ello, |
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS RESUELVE: |
Artículo
1º — Prorrogar por NOVENTA (90) días hábiles la entrada en vigencia del “Reglamento
para el Cobro de Tasas Aeroportuarias” aprobado por Resolución ORSNA Nº 22/08
contados a partir de la publicación en el BOLETIN OFICIAL, por las razones
expuestas en los Considerandos de la presente
medida. |
Art.
2º — Regístrese, notifíquese al Concesionario AEROPUERTOS ARGENTINA 2000
SOCIEDAD ANONIMA. Póngase en conocimiento de los integrantes del CONSEJO
ASESOR del Organismo Regulador. Publíquese. Dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y cumplido, archívese. — Horacio A. Orefice. |
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