Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa
IMPORTACIONES
Resolución 110/2005
Convocatoria a interesados a fin de determinar la existencia de
producción nacional en relación con determinados bienes.
Bs.
As., 23/6/2005
VISTO
el Expediente Nº S01:0307124/2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que
por la Resolución Nº 909 de fecha 29 de julio de 1994 del ex-MINISTERIO DE
ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se estableció un régimen de importación
definitiva para el consumo de bienes usados comprendidos entre los Capítulos 84
y 90 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Que
de acuerdo al tipo de bien y al hecho de que los mismos puedan o no ser
provistos por la industria nacional, sus importaciones al amparo del referido
régimen se encuentran prohibidas o permitidas, en ciertos casos bajo
determinadas condiciones de tributación y exigencias a cumplimentar y en otros
sin ningún condicionamiento.
Que
con posterioridad al dictado de la norma mencionada, debido a las sucesivas
modificaciones del instrumento tarifario o a la resolución de solicitudes
particulares se procedió a efectuar diversos ajustes en los Anexos que
acompañaron a la norma original, encontrándose vigentes los establecidos por el
Decreto Nº 690 de fecha 26 de abril de 2002 y normas modificatorias.
Que
en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de
la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se encuentra registrada una
solicitud para la importación de un conjunto de videomonitores que conforman lo
que habitualmente se denomina pantalla gigante destinada al uso en estadios,
que se encuentra en estado usado, reacondicionada.
Que
se hace necesario efectuar una consulta pública a efectos de verificar la
existencia de producción nacional del referido bien.
Que
la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.
Que
la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el
Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y su modificatorio.
Por
ello,
EL
SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
RESUELVE:
Artículo 1º —
Se lleva a conocimiento público, a efectos de determinar la existencia de
producción nacional, del bien que se indica en la planilla que, como Anexo I,
forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º —
Los interesados en manifestar que producen en el país el bien indicado, deberán
hacerlo mediante nota. Para estos casos, se adjuntará a la referida nota, el
formulario completado en forma íntegra, compuesto por DOS (2) planillas que,
como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.
Art. 3º —
La documentación a que alude el Artículo 2º de la presente medida se presentará
ante la Dirección de Importaciones, dependiente de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, sita en la Avenida Julio Argentino Roca Nº 651, piso 6º, sector 1, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, haciendo referencia a la presente
resolución, en un plazo no mayor de VEINTE (20) días corridos a contar desde el
día de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 4º —
En caso de considerarse necesario, esta Secretaría podrá requerir información
adicional a la aportada por los eventuales productores.
Art. 5º —
La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial.
Art. 6º —
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Miguel G. Peirano.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 110
N.C.M.
|
MERCADERIA
|
8528.21.90
|
Conjunto
de videomonitores montados en una estructura metálica, que totaliza 7,35 m de alto y 9,75 m de ancho, de los tipos habitualmente denominados "pantalla
gigante", incluso presentada con su equipamiento de control y mando.
|
ANEXO
II A LA RESOLUCION Nº 110
1)
Datos sobre la empresa o entidad de clase
1.1
- Nombre de la empresa o entidad de clase:
1.2
- Dirección:
1.3
- Teléfono:
1.4
- Fax:
2)
Datos sobre el producto
2.1
- Nombre Técnico:
2.2
- Posición Arancelaria N.C.M.:
2.3
- A.E.C.:
2.4
- Fecha de inicio de la producción:
3)
Datos de producción y ventas
3.1
- Producción (últimos 3 años)
AÑO
|
VALOR
DE LA PRODUCCION (U$S)
|
CANTIDAD
PRODUCIDA (UNIDAD DE MEDIDA)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3.2
- Ventas Mercado Interno (últimos 3 años)
AÑO
|
VALOR
DE LAS VENTAS (U$S)
|
CANTIDAD
VENDIDA (UNIDAD DE MEDIDA)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3.3
- Ventas Mercado Externo (últimos 3 años)
AÑO
|
VALOR
DE LAS VENTAS (U$S)
|
CANTIDAD
VENDIDA (UNID. DE MEDIDA)
|
PAIS
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3.4
- Nombre y Direcciones de los Principales Clientes
NOMBRE
DEL CLIENTE
|
DIRECCION
DEL CLIENTE
|
|
|
|
|
|
|
|
|
3.5
- Presentar literatura técnica: catálogos, planos, análisis químicos o físicos,
referencias bibliográficas, etc. e incluso muestras, en caso de corresponder
4)
Otras informaciones relevantes