Detalle de la norma DC-2-1993-CMC
Decisión Nro. 2 Consejo Mercado Común
Organismo Consejo Mercado Común
Año 1993
Asunto Notificación de los reglamentos Técnicos
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of 
Decisión Nº 2 01/07/1993 Fecha:  
 
Dependencia: DC-2-1993-CMC
Tema: MERCOSUR
Asunto: NOTIFICACION DE LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS
 

VISTO el Tratado de Asunción, la Decisión Nº 1/92 del Consejo de Mercado Común y lo acordado en La III Reunión de Ministros de Economía y Presidentes de Bancos Centrales.

CONSIDERANDO:

Que los reglamentos técnicos emitidos por los Estados Parte pueden afectar la libre circulación de productos;

Que es necesario prevenir la aparición de nuevas barreras técnicas al comercio;

Que hasta tanto se puedan establecer mecanismos más estrictos, es necesario establecer un mecanismo de información previa sobre los reglamentos técnicos;

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DECIDE:

Art. 1º.- Instruir al GMC para que tome las medidas necesarias a fin de que los Estados Partes notifiquen, a través de la Secretaría Administrativa, los proyectos de los reglamentos técnicos que se propongan adoptar con la mayor anticipación posible.

Art. 2º.- La Secretaría Administrativa del GMC remitirá a los Coordinadores Nacionales del Subgrupo 3 los proyectos de Reglamentos Técnicos que reciba.

Art. 3º.- Los Estados Partes notificados deberán dirigir observaciones al Estado Parte que se propone adoptar un Reglamento Técnico, las que serán tenidas en cuenta por dicho Estado en lo posible, al adoptar el Reglamento Técnico.