Detalle de la norma RE-1079-2008-SENASA
Resolución Nro. 1079 Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Organismo Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Año 2008
Asunto Autorizaciones Fitosanitarias de Importación para el ingreso de frutos frescos de curcubitáceas
Boletín Oficial
Fecha: 30/10/2008
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución 1079

28/10/2008

Fecha:

30/10/2008

 

Dependencia:

RE-1079-2008-SENASA

Tema:

SANIDAD VEGETAL

Asunto:

Deróganse las Resoluciones Nº 776/04, 761/05 y 664/06, relacionadas a la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación para el ingreso de frutos frescos de curcubitáceas.

 

VISTO: el Expediente Nº S01:0177649/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Resoluciones Nros. 181 del 16 de marzo de 2004, 629 del 2 de septiembre de 2004, 776 del 29 de octubre de 2004, 761 del 24 de noviembre de 2005 y 664 del 27 de septiembre de 2006, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:  

Que la Resolución Nº 181 del 16 de marzo de 2004 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establece la suspensión en forma transitoria y preventiva de la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos de cucurbitáceas originarias de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA autoriza únicamente la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos frescos de cucurbitáceas originarios del Municipio de Paranapuá y Urania, del Estado de San Pablo, y los Municipios de Manga, Matías Cardoso, Pedra María da Cruz, Unaí, Joao Pinheiro, Paracatú, Bom Despacho y Uberlandia del Estado de Minas Gerais, REPUBLICA FEDERATIVA DE BRASIL.

Que las Resoluciones Nros. 776 del 29 de octubre de 2004 y 761 del 24 de noviembre de 2005, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, autorizan la emisión de AFIDIs para los Municipios de Presidente Bernardes y Mesópolis, del Estado de San Pablo, respectivamente.

Que la Resolución Nº 664 del 27 de septiembre de 2006 autoriza la emisión de AFIDIs para los Municipios de Uruana, Jaragua, Itapuranga y Carmo do Río Verde, del Estado de Goias.

Que el Departamento de Sanidad Vegetal (DSV) de la SECRETARIA DE DEFENSA AGROPECUARIA de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL solicitó la ampliación del reconocimiento del área bajo enfoque de sistemas para los Municipios de Tabarai y Regente Feijó, Estado de San Pablo y los Municipios de Río Verde, Maurilandia, y Santa Helena, Estado de Goias.

Que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARTA considera que el Departamento de Defensa e Inspección Vegetal del Brasil ha dado cumplimiento a los requerimientos exigidos para el Sistema de Mitigación de Riesgo en los Municipios de Tabarai y Regente Feijó del Estado de San Pablo y los Municipios de Río Verde, Maurilandia, y Santa Helena, Estado de Goias, REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia, de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº 1585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 de fecha 1º de septiembre de 2003.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

Artículo 1º — Deróganse las Resoluciones Nros. 776 del 29 de octubre de 2004, 761 del 24 de noviembre de 2005 y 664 del 27 de septiembre de 2006, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

Art. 2º — Modifícase el artículo 1º de la Resolución Nº 629 del 2 de septiembre de 2004, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 1º.- Limítase el alcance del artículo 1º de la Resolución SENASA Nº 181/2004, autorizando la emisión de las Autorizaciones Fitosanitarias de Importación (AFIDIs) para el ingreso de frutos frescos de cucurbitáceas originarios de los Municipios de Manga, Matías Cardoso, Pedra María da Cruz, Unaí, Joao Pinheiro, Paracatú, Bom Despacho y Uberlandia del Estado de Minas Gerais; de los Municipios de Paranapúa, Urania, Presidente Bernardes, Mesópolis, Tabarai y Regente Feijó del Estado de San Pablo; de los Municipios de Uruana, Jaragua, Itapuranga, Carmo do Río Verde, Río Verde, Mauritania y

Santa Helena del Estado de Goias de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL”.

Art. 3º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge N. Amaya.

 
 
 
Esta norma es modificada/complem./relac./derogada por:
Norma Relación Detalle
RE-839-2009-SENASA Deroga Autorizaciones Fitosanitarias de Import. p/ el ingreso de frutos frescos de cucurbitáceas
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Deroga RE-664-2006-SENASA Frutos Frescos Sanidad Vegetal
Deroga RE-761-2005-SENASA Frutos Frescos Sanidad Vegetal
Deroga RE-776-2004-SENASA Frutos Frescos Sanidad Vegetal
Modifica RE-629-2004-SENASA Comercialización agro productos