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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Boletín/Of
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Resolución n° 1029
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30/04/1986
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Fecha:
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Dependencia:
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RE-1029-1986-ANA
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Tema LOA:
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Tema:
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NORMAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE HORAS
CATEDRA PARA PROFESORES DE LA DIVISIÓN CAPACITACION.
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Asunto:
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Resumen de horas a
pagar a Profesores
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VISTO que por Resolución
N° 42/82 se había establecido en sus anexos VII y VIII el régimen para la
liquidación de horas
cátedra a los funcionarios designados como Profesores para desempeñarse en la
división Capacitación.
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CONSIDERANDO: Que dicha
Resolución contemplaba asimismo el Plan de Capacitación de la Escuela Aduanera,
el que fue suplantado por Resolución N° 456/86.
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Que teniendo plena vigencia los derogados
Anexos VII y VIII corresponde el dictado del acto que así lo determine.
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Por ello,
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EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS RESUELVE:
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ARTICULO 1.- Establecer las Normas
para la liquidación de horas cátedra que figuran en el Anexo I de la presente.
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ARTICULO 2.- Mantener la
vigencia del formulario "Resumen de horas a pagar a Profesores"
(OM-1802), que constituye el Anexo II de la presente.
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ARTICULO 3.- De forma.
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ANEXO I
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Normas para la liquidación de
horas-cátedras a los funcionarios de esta Administración Nacional de Aduanas designados profesores para desempeñarse
en la División Capacitación.
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1°.- Los Señores Jefes de Departamentos
quedan facultados para adecuar los horarios de los funcionarios de su área designados Profesores acorde a los
requerimientos docentes, debiendo dar cuenta de ello a la División Personal.
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2°.- A requerimiento de la División Capacitación
la División
Personal informará los horarios que, según constancias en poder de ésta tenga asignado el
personal que haya sido designado profesor.
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3°.- La División Capacitación
habilitará un libro de clases, que será cumplimentado por los profesores
donde constará:
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a) Fecha de la clase dictada.
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b) Hora de iniciación y finalización de la clase.
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c) Nombre del curso.
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d) Tema de la clase.
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e)
Horario oficial de labor en la
Dependencia que presta servicios.
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f)
Apellido, nombre, categoría y legajo.
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g) Resolución por la que fue designado,
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h) Firma.
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4°.- La División Capacitación
remitirá mensualmente a la División Personal el formulario Resumen de
horas a pagar a profesores
(OM-1802), a los fines de la liquidación correspondiente.
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5°.- La División Personal
dentro de los plazos fijados para la remisión de las novedades de haberes,
elevará el Departamento
Contabilidad y Finanzas el OM-1802, quedando en poder de la División Capacitación
los antecedentes que dieron origen a la confección del mismo.
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