Resolución Conjunta
RC-65-2009-MP
RC-88-2009-MEFP
Resolución Conjunta RC-65-2009-MP (Ministerio de la Producción)
Resolución Conjunta RC-88-2009-MEFP (Ministerio de Economía y de Finanzas Públicas)
Año 2009
Asunto Posición arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur
Detalle de la norma

 

Documento y Nro

Fecha

Publicado en:

Boletín/Of

Resolución Conjunta 65

11/03/2009

Fecha:

12/03/2009

 

Dependencia:

RC-65-2009-MP

Tema:

COMERCIO EXTERIOR

Asunto:

Incorpórase la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del Mercosur en el Anexo XIV del Decreto Nº 509/07.

 

VISTO el Expediente Nº S01:0076930/2009 de Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 16 del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificatorios establece el derecho de exportación aplicable a las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) consignadas en el Anexo XIV de dicha norma.

Que el Artículo 19 del citado Decreto Nº 509/07 fija un derecho de exportación del CINCO POR CIENTO (5%) para las mercaderías no alcanzadas por las disposiciones del Artículo 16 mencionado.

Que el Gobierno Nacional ha previsto instrumentos que tienden a la flexibilización, armonización y al cambio de políticas sectoriales que permitan asegurar el mantenimiento del empleo y la producción.

Que es política del ESTADO NACIONAL incentivar las exportaciones de productos de valor agregado, garantizando asimismo el adecuado abastecimiento del mercado interno.

Que la situación excepcional por la cual se encuentra atravesando el mercado lácteo internacional, caracterizada por la baja de los precios y la disminución de la demanda, motiva la revisión de los derechos de exportación vigentes.

Que en virtud de lo expuesto, mediante la Resolución Conjunta Nº 62 y Nº 79 de fecha 6 de marzo de 2009 del MINISTERIO DE PRODUCCION y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente, se modificaron los derechos de exportación para un conjunto de mercaderías pertenecientes al sector lácteo.

Que resulta conveniente incorporar en el mencionado Anexo XIV del citado Decreto Nº 509/07 otra mercadería correspondiente a productos lácteos.

Que las áreas competentes del MINISTERIO DE PRODUCCION y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS han tomado la intervención de su incumbencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de 2008, sustituido por el Artículo 1º de su similar Nº 98 de fecha 13 de febrero de 2009.

Que la presente medida se dicta en función de lo previsto en la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) y en la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN:

Artículo 1º — Incorpórase en el Anexo XIV del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.), que se enumera en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución, a la que se le asigna el derecho de exportación que se indica.

Art. 2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Débora Giorgi. — Carlos R. Fernández.

ANEXO

Posición Arancelaria

 Derecho de exportación (%)

1901.90.20

 0

 
 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa DE-509-2007-PEN Se incorpora P.A 1901.90.20