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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta n° 37 |
30/12/2008 |
Fecha: |
12/01/2009 |
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Dependencia: |
RC-37-2008-MP |
Tema: |
COMERCIO EXTERIOR |
Asunto: |
Prorróganse las
vigencias de las Resoluciones Nros. 81/07 y
2033/08 ambas del ex Ministerio de Economía y Producción hasta el 31 de
diciembre de 2010. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0256258/2008 del Registro del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la Resolución Nº
81 de fecha 23 de agosto de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
estableció para determinadas máquinas usadas sin producción nacional, de
utilidad en el sector gráfico, un derecho de importación del CERO POR CIENTO (0%)
con vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2008, en la medida que dichos
bienes fueran importados por el usuario directo. |
Que
en el período de vigencia de la norma se ha podido comprobar la utilidad de
la misma, al permitir principalmente a las pequeñas y medianas empresas
gráficas, avanzar en un plan de reequipamiento, con
la consiguiente mejora de la productividad y de los bienes ofrecidos. |
Que
atento a los planes de inversión que se mantienen vigentes en la industria
gráfica, resulta conveniente prorrogar transitoriamente por el término de DOS
(2) años el beneficio dispuesto. |
Que
análogas consideraciones y conclusiones, se pueden citar para las medidas
dispuestas por
la
Resolución Nº 203 de fecha 4 de abril de 2008 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION que benefician al sector manufacturero de
productos textiles y cuya vigencia también finaliza el día 31 de diciembre de
2008. |
Que
las áreas competentes de los MINISTERIOS DE PRODUCCION y DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS han tomado la intervención de su incumbencia. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente resolución se dicta en función de lo previsto en
la Ley Nº 22.415 (Código
Aduanero),
la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), modificada por las
Leyes Nros. 24.190, 25.233 y 26.338 y en uso de las
facultades conferidas por los Decretos Nros. 751 de
fecha 8 de marzo de 1974, 101 de fecha 16 de enero de 1985, 2752 de fecha 26
de diciembre de 1991, 2025 de fecha 25 de noviembre de 2008 y 2102 de fecha 4
de diciembre de 2008. |
Por ello, |
LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: |
Artículo
1º — Prorróganse hasta el día 31 de diciembre de
2010 las vigencias de las Resoluciones Nros. 81 de
fecha 23 de agosto de 2007 y 203 de fecha 4 de abril de 2008, ambas del ex MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION. |
Art.
2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día 1 de enero de
2009. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández. — Débora A. Giorgi. |
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