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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta n° 3 |
08/01/2008 |
Fecha: |
12/01/2009 |
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Dependencia: |
RC-3-2008-MP |
Tema: |
EXPORTACION |
Asunto: |
Fíjase un
derecho del cuarenta por ciento a la exportación para consumo de
determinadas mercaderías comprendidas en posiciones arancelarias de
la Nomenclatura Común
del Mercosur. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0438588/2008 del Registro del
ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
mediante
la Resolución
Nº 4 de fecha 7 de enero de 2003 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA se estableció, por el término de NOVENTA (90) días, un derecho de
exportación del CUARENTA POR CIENTO (40%) aplicable a desperdicios y desechos
de diversos metales. |
Que
dicho tratamiento arancelario fue prorrogado por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días, a través de
la
Resolución Nº 256 de fecha 9 de abril de 2003 del ex
MINISTERIO DE ECONOMIA. |
Que
habiendo vencido el plazo fijado por
la Resolución Nº
256/03 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA precitada y manteniéndose vigentes las
condiciones tenidas en cuenta para el dictado de dichas resoluciones,
la Resolución Nº 579
de fecha 12 de diciembre de 2003 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
volvió a establecer, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, el derecho
de exportación del CUARENTA POR CIENTO (40%) a la exportación para consumo de
desperdicios y desechos de diversos metales. |
Que
habiendo operado el vencimiento del plazo anteriormente mencionado, las
Resoluciones Nros. 389 de fecha 11 de junio de 2004
y 788 de fecha 7 de diciembre de 2004, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, prorrogaron la vigencia de dicho derecho de exportación por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días y TRESCIENTOS SESENTA (360) días
respectivamente. |
Que
una vez vencido el plazo fijado por
la Resolución Nº
788/04 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a través de las
Resoluciones Nros. 46 de fecha 29 de diciembre de
2005 y 23 de fecha 16 de enero de 2007, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se estableció idéntico tratamiento
arancelario por el término de TRESCIENTOS SESENTA (360) días,
respectivamente. |
Que a través del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 se
incorporó al ordenamiento jurídico nacional
la Resolución Nº 70 de
fecha 13 de diciembre de 2006 del Grupo Mercado Común (G.M.C.)
que aprobó el Arancel Externo Común (A.E.C.) basado
en
la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.)
ajustada a
la IV
Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y
Codificación de Mercaderías y a su vez se ordenó en un mismo cuerpo legal cierta
normativa general vigente en materia de comercio exterior. |
Que
el Artículo 16 del Decreto Nº 509/07 y sus modificaciones fijó el derecho de exportación aplicable a las posiciones arancelarias de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) consignadas en el Anexo XIV
de dicha norma. |
Que el citado Anexo estableció, entre otros, el derecho del CUARENTA
POR CIENTO (40%) a la exportación para consumo de desperdicios y desechos de
diversos metales, previendo la vigencia del mismo hasta el día 11 de enero de
2008. |
Que asimismo, mediante
la Resolución Nº 9 de
fecha 11 de enero de 2008 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se sustituyó
en el Anexo XIV mencionado precedentemente, la referencia (22) modificando la
vigencia establecida en la misma hasta el día 11 de enero de 2009. |
Que
manteniéndose vigentes las condiciones tenidas en cuenta para el dictado de
las normas citadas en los considerandos anteriores,
resulta aconsejable prorrogar la aplicación del derecho de exportación del
CUARENTA POR CIENTO (40%) para desperdicios y desechos de diversos metales. |
Que
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION ha
tomado intervención en la confección de la presente medida. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente resolución se dicta en función de lo previsto en
la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero),
la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92), y sus modificaciones, y
en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros.
2752 de fecha 26 de diciembre de 1991 y 2025 de fecha 25 de noviembre de
2008. |
Por ello, |
LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: |
Artículo
1º — Fíjase por el término de TRESCIENTOS SESENTA
(360) días, un derecho del CUARENTA POR CIENTO (40%) a la exportación para
consumo de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) que se detallan: |
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N.C.M. |
N.C.M. |
7404.00.00 |
8106.00.90 (2) |
7503.00.00 |
8107.30.00 |
7602.00.00
(1) |
8108.30.00 |
7802.00.00 |
8109.30.00 |
7902.00.00 |
8110.20.00 |
8002.00.00 |
8111.00.90 (2) |
8101.97.00 |
8112.13.00 |
8102.97.00 |
8112.22.00 |
8103.30.00 |
8112.52.00 |
8104.20.00 |
8112.92.00 (2) |
8105.30.00 |
8113.00.90 (2) |
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Referencias: |
(1) Unicamente manufacturas definidas en
la Nota
8 a) de
la Sección XV de
la Nomenclatura Común
del MERCOSUR (N.C.M.) |
(2) Unicamente desperdicios y desechos. |
Art.
2º — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día 12 de enero
de 2009. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández. — Débora A. Giorgi. |
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