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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta Nº 27 |
22/12/2008 |
Fecha: |
23/12/2008 |
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Dependencia: |
RC-27-2008-MP |
Tema: |
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR |
Asunto: |
Sustitúyese en el Anexo XIV del Decreto Nº
509/07 y sus modificaciones, para las posiciones arancelarias de
la Nomenclatura Común
del Mercosur el derecho de exportación. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0535807/2008 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
el Artículo 16 del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus
modificaciones fija el derecho de exportación aplicable a las posiciones
arancelarias de
la
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.)
mencionadas en el Anexo XIV de la citada norma. |
Que
el Gobierno Nacional ha anunciado medidas tendientes a incentivar el
incremento de la producción de los granos de trigo y maíz. |
Que
en ese marco se advierte la necesidad de trasladar dichos incentivos a
productos derivados de los mencionados cereales, como la harina y el aceite,
con un alto valor agregado. |
Que
en virtud de ello, y considerando que han variado las condiciones ponderadas
para la aplicación de los derechos de exportación de los productos aludidos
resulta aconsejable propiciar la reducción de éstos. |
Que
la presente gestión encuentra andamiento en el Decreto Nº 2752 de fecha 26 de
diciembre de 1991, complementado por el Decreto Nº 2275 de fecha 23 de
diciembre de 1994 y sus modificaciones; y en el Artículo 22 del Decreto Nº
509/07, que faculta a realizar las aclaraciones, modificaciones y excepciones
que correspondan. |
Que
la reducción propiciada a los productos derivados del trigo y el maíz será
equivalente a la disminución de la alícuota que se instrumenta para dichos
cereales. |
Que
las áreas competentes de los MINISTERIOS DE PRODUCCION y DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS han tomado la intervención de su incumbencia. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo
establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2102 de fecha 4 de diciembre de
2008. |
Que
los suscriptos resultan competentes para el dictado de la presente medida en
función de lo previsto en
la
Ley Nº 22.415 (Código Aduanero), en
la Ley de Ministerios (texto
ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y en el Artículo 22 del
Decreto Nº 509/07. |
Por ello, |
LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: |
Artículo
1º — Sustitúyese en el Anexo XIV del Decreto Nº 509
de fecha 15 mayo de 2007 y sus modificaciones, para las posiciones
arancelarias de
la
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.)
que se enumeran en el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución, el derecho de exportación que en cada caso se indica. |
Art.
2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández. — Débora A. Giorgi. |
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NOTA
LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO |
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