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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta Nº 26 |
22/12/2008 |
Fecha: |
23/12/2008 |
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Dependencia: |
RC-26-2008-MP |
Tema: |
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR |
Asunto: |
Sustitúyese en el
Anexo XIV del Decreto Nº 509/07 y sus modificaciones, para las posiciones arancelarias
de
la Nomenclatura
Común del Mercosur el derecho
de exportación. Excepciones. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0516044/2008 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
el Artículo 16 del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y sus
modificaciones fija el derecho de exportación aplicable a las posiciones
arancelarias de
la
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.)
mencionadas en el Anexo XIV de la citada norma. |
Que
el Gobierno Nacional ha anunciado medidas tendientes a incentivar el
incremento de la producción de los granos de trigo y maíz. |
Que
la presente gestión encuentra andamiento en el Decreto Nº 2752 de fecha 26 de
diciembre de 1991, complementado por el Decreto Nº 2275 de fecha 23 de
diciembre de 1994 y sus modificaciones; y el Artículo 22 del Decreto Nº
509/07, que faculta a realizar las aclaraciones, modificaciones y excepciones
que correspondan. |
Que
en materia agropecuaria, entre otras medidas, resulta conveniente la
reducción de la alícuota del derecho de exportación para trigo y maíz. |
Que
ello constituye un aliciente importante para el sector, fundamentalmente para
DOS (2) cultivos, maíz y trigo, de indudable impacto para el sector externo
como así también para el abastecimiento del mercado interno. |
Que
en virtud de ello, considerando que han variado las condiciones ponderadas
para la aplicación de los derechos de exportación de los productos aludidos,
resulta aconsejable propiciar la reducción éstos. |
Que
las áreas competentes de los MINISTERIOS DE PRODUCCION y DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS han tomado la intervención de su incumbencia. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo
establecido por el Artículo 11 del Decreto Nº 2.102 de fecha 4 de diciembre
de 2008. |
Que
la presente medida se dicta en función de lo previsto en
la Ley Nº 22.415 (Código
Aduanero), en
la Ley
de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y
en el Artículo 22 del Decreto Nº 509/07. |
Por ello, |
LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: |
Artículo
1º — Sustitúyese en el Anexo XIV del Decreto Nº 509
de fecha 15 de mayo de 2007 y sus modificaciones, para las posiciones
arancelarias de
la
NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.)
que se enumeran en el Anexo que forma parte integrante de la presente
resolución, el derecho de exportación que en cada caso se indica. |
Art.
2º — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Carlos R. Fernández. — Débora A. Giorgi. |
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NOTA
LOA: PRESIONE AQUÍ PARA VER ANEXO |
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