|
|
Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta Nº 246 |
07/07/2009 |
Fecha: |
08/07/2009 |
|
|
Dependencia: |
RC-246-2009-MP |
Tema: |
COMERCIO EXTERIOR |
Asunto: |
Prorroga la suspensión de
exportación para consumo de desperdicios y deshechos de metales ferrosos. Modifícase
la Resolución Conjunta
Nº 1/09 del Ministerio de Producción y Nº 2/09 del Ministerio de Economía y
Finanzas Públicas. |
|
|
VISTO: el Expediente Nº S01:0163921/2009 del Registro del
MINISTERIO DE PRODUCCION, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la industria argentina ve afectado el aprovisionamiento de desperdicios y
desechos de metales ferrosos, siendo estos, materia prima esencial para su
desenvolvimiento. |
Que
entre otras disposiciones, el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y
Comercio de 1994, aprobado por
la
Ley Nº 24.425, permite restringir temporalmente las
exportaciones, con el fin de prevenir o remediar una escasez aguda de
productos esenciales para el desenvolvimiento de la economía de un país. |
Que
si bien por el Artículo 16 del Decreto Nº 509 de fecha 15 de mayo de 2007 y
sus modificaciones se fijó el derecho de exportación aplicable a la
exportación para consumo de desperdicios y desechos de diversos metales, se
observó el incremento de las exportaciones de los mismos. |
Que
como consecuencia de lo expresado precedentemente, mediante
la Resolución Conjunta
Nº 1 del MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 2 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 8 de enero de 2009 se suspendió por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días la exportación para consumo de desperdicios y desechos
de metales ferrosos. |
Que
manteniéndose vigentes las condiciones tenidas en cuenta para el dictado de
la norma citada en el considerando inmediato anterior, resulta necesario
prorrogar dicha medida por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, a efectos
de mantener una fluida disponibilidad de materia prima para la industria
nacional. |
Que
para la resolución que se propicia ha tomado intervención
la SECRETARIA DE
INDUSTRIA, COMERCIO Y DE
LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE PRODUCCION. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente medida se dicta en función de lo previsto en
la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero),
en
la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, y en
uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros.
2752 de fecha 26 de diciembre de 1991, 509/07 y sus modificaciones. |
Por ello, |
LA MINISTRA DE PRODUCCION Y EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN: |
Artículo
1º — Prorrógase por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días la suspensión establecida en el Artículo 1º de
la Resolución Conjunta
Nº 1 del MINISTERIO DE PRODUCCION y Nº 2 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS de fecha 8 de enero de 2009. |
Art.
2º — La presente medida comenzará a regir a partir del vencimiento del plazo
establecido en el Artículo 1º de la resolución conjunta mencionada precedentemente. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Débora A. Giorgi.
— Carlos R. Fernández. |
|
|