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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Resolución Conjunta Nº 14 |
30/12/2008 |
Fecha: |
29/01/2009 |
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Dependencia: |
RC-14-2008-SF |
Tema: |
SISTEMAS DE ADMINISTRACION
FINANCIERA |
Asunto: |
Dispónese la emisión
de pagarés del Estado Nacional para proceder a la cancelación de los
adelantos a proveedores por la adquisición de componentes extranjeros, para
la obra de construcción de una central termoeléctrica a carbón en Río
Turbio, provincia de Santa Cruz. |
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VISTO: el Expediente Nº S01:0544980/2008 del Registro del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
la Ley de Administración
Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156
y sus modificaciones,
la Ley Nº
26.337 de Presupuesto General de
la Administración Nacional
para el Ejercicio 2008, el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007,
reglamentario de
la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional Nº 24.156,
la
Resolución Nº 103 de fecha 6 de diciembre de 2007 de
la SECRETARIA DE
MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS y
la
Resolución Nº 37 de fecha 29 de diciembre de 2008 del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y |
CONSIDERANDO: |
Que
la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público
Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, reguló en su Título III el Sistema
de Crédito Público, estableciéndose en el Artículo 60 que las entidades de
la Administración Nacional
no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté
contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley
específica. |
Que
la Ley Nº
26.337 de Presupuesto General de
la Administración Nacional
para el Ejercicio 2008 en su Artículo 48, con la modificación introducida por
la Resolución Nº
37 de fecha 29 de diciembre de 2008 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en
el considerando anterior, a los entes que se mencionan en la planilla anexa
al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los montos,
especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida
planilla, y autoriza al Organo Responsable de
la Coordinación de los
Sistemas de Administración Financiera a realizar las operaciones de crédito
público correspondientes a la Administración Central. |
Que
por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de
2007 se establece que las funciones de Organo Responsable
de
la Coordinación
de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional,
serán ejercidas conjuntamente por
la SECRETARIA DE HACIENDA y
la SECRETARIA DE
FINANZAS, ambas dependientes del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. |
Que
mediante
la Resolución
Nº 103/07 de
la SECRETARIA DE MINERA dependiente del MINISTERIO
DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se efectuó la
correspondiente adjudicación de la obra “Central Termoeléctrica a Carbón” en
la Localidad de Río
Turbio, Provincia de SANTA CRUZ. |
Que
para la concreción del proyecto citado, resulta necesaria la emisión de
instrumentos de endeudamiento público con el objeto de financiar la
adquisición de los componentes de la obra que son en su mayoría extranjeros. |
Que
la OFICINA NACIONAL
DE CREDITO PUBLICO dependiente de
la SUBSECRETARIA DE
FINANCIAMIENTO de
la
SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, ha informado que esta operación se encuentra dentro de los
límites establecidos en la planilla anexa al Artículo 48 de
la Ley Nº 26.337 con la
modificación introducida por
la Resolución Nº 37/2008 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS. |
Que
la Dirección
General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete. |
Que
la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el
Artículo 48 de
la Ley Nº
26.337 y el Decreto Nº 1344 de fecha 4 de octubre de 2007. |
Por ello, |
EL SECRETARIO DE HACIENDA Y EL
SECRETARIO DE FINANZAS RESUELVEN: |
Artículo
1º — Dispónese la emisión de DOCE (12) pagarés del
ESTADO NACIONAL, en EUROS y DOLARES ESTADOUNIDENSES a favor del GRUPO ISOLUX
CORSAN S.A. Y OTROS - UTE, para proceder a la cancelación de los adelantos a
proveedores por la adquisición de los componentes extranjeros para la obra de
construcción de UNA (1) central termoeléctrica a carbón en RIO TURBIO, Provincia
de SANTA CRUZ adjudicada por
la Resolución Nº 103 de fecha 6 de diciembre de
2007 de
la SECRETARIA
DE MINERIA del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION |
PUBLICA
Y SERVICIOS, de acuerdo al siguiente detalle: |
A)
PAGARES DEL ESTADO NACIONAL EN EUROS: |
I)
Monto: EUROS VEINTIDOS MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y TRES CON SETENTA CENTESIMOS ( 22.175.363,70). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 30 de enero de 2009. |
II)
Monto: EUROS SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y
SIETE CON CINCO CENTESIMOS ( 7.757.057,05). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de febrero de 2009. |
III)
Monto: EUROS DOS MILLONES SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS CON CUARENTA Y
CUATRO CENTESIMOS ( 2.006.816,44). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de marzo de 2009. |
IV)
Monto: EUROS DOS MILLONES SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS CON CUARENTA Y
CUATRO CENTESIMOS ( 2.006.816,44). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de abril de 2009. |
V)
Monto: EUROS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y
SIETE CON SESENTA Y TRES CENTESIMOS ( 1.337.877,63). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de mayo de 2009. |
VI)
Monto: EUROS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y
SIETE CON SESENTA Y TRES CENTESIMOS ( 1.337.877,63). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de junio de 2009. |
VII)
Monto: EUROS CUARENTA Y DOS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y TRES CENTESIMOS ( 42.053.755,53). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 20 de agosto de 2009. |
Opción
de cancelación anticipada: el presente pagaré podrá ser cancelado
anticipadamente por el emisor. |
B)
PAGARES DEL ESTADO NACIONAL EN DOLARES ESTADOUNIDENSES: |
I)
Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO CENTESIMOS (U$S 951.752,35). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de marzo de 2009. |
II)
Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA CENTESIMOS (U$S 4.604.991,80). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de abril de 2009. |
III)
Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MILLONES NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL
TRESCIENTOS VEINTISIETE CON QUINCE CENTESIMOS (U$S 10.928.327,15). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de mayo de 2009. |
IV)
Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN
MIL TRESCIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTESIMOS (U$S 4.451.309,92). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 1 de junio de 2009. |
V)
Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO
MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON SETENTA Y DOS CENTESIMOS (U$S 30.945.565,72). |
Fecha
de emisión: 30 de diciembre de 2008. |
Fecha
de vencimiento: 20 de agosto de 2009. |
Opción
de cancelación anticipada: el presente pagaré podrá ser cancelado
anticipadamente por el emisor. |
Art.
2º — Autorízase al Secretario de Finanzas o al
Subsecretario de Financiamiento, o al Director Nacional de
la Oficina Nacional
de Crédito Público, o al Director de
la Dirección de Administración de
la Deuda Pública, o
al Coordinador de
la Unidad
de Registro de
la
Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la
documentación necesaria para instrumentar las emisiones dispuestas en el
Artículo 1º de la presente resolución conjunta. |
Art.
3º — Comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Hernán Lorenzino.
— Juan C. Pezoa. |
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