Atento el
dictado de
la
Resolución MEeI N° 11/02, (Boletín Oficial 29851), cuya vigencia rige a
partir del 5 de marzo de 2002, que impuso derechos de exportación a las destinaciones de exportación, según artículos 1 o y 2 o, se informa que debido a la estructura de programación del SIM, los mismos estarán en explotación a partir del 6 de marzo de 2002.
Por lo tanto, los permisos de embarque que se registren en el día de la fecha
(05/03/02) deberán ser liquidados mediante la transacción de liquidación manual (LMAN) por las aduanas de registro, con las alícuotas determinadas en dicha Resolución. |