Detalle de la norma NE-5-2005-AFIP
Nota Externa Nro. 5 Administración Federal de Ingresos Públicos
Organismo Administración Federal de Ingresos Públicos
Año 2005
Asunto No exige acreditación de Origen AAE p/pago Derecho de Exportación
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Oficial
Nota Externa Nº 5 25/01/2005 Fecha: 27/01/2005
 
Dependencia: NE Nº 5-2005-AFIP
Tema: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Asunto: Destinaciones de exportación para consumo desde el Area Aduanera Especial al exterior
 

VISTO que el artículo 13 de la Ley 19.640 no exige que las mercaderías exportadas desde el Area Aduanera Especial al exterior acrediten origen a los fines de la exención del pago de Derechos de Exportación y que sobre el particular se ha expedido el Departamento Asesoramiento de la Dirección de Asuntos Legales de esta Repartición a través del dictamen jurídico Nº 128 del 21 de septiembre de 2004, en sentido coincidente con el expuesto, se deja sin efecto lo dispuesto en el tercer punto de la enumeración contenida en la Instrucción General (SDGLTA) Nº 0019 del 26 de marzo de 2002 como también la Instrucción General (SDGLTA) Nº 0048 del 25 de junio de 2002.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.