Detalle de la norma NE-9-2006-SDGLTA
Nota Externa Nro. 9 Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Organismo Subdireccion General Legales y Tecnica Aduanera
Año 2006
Asunto Autorizadas para la importación de especialidades medicinales
Boletín Oficial
30951 Fecha: 20/07/2006
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Oficial
Nota Externa Nº 9 18/07/2006 Fecha: 20/07/2006
 
Dependencia: NE-9-2006-AFIP
Tema: ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Asunto: “Aduanas autorizadas para la importación de especialidades medicinales y farmacéuticas.”
 

En el marco de la Resolución ANA Nº 2014/93 y su modificatoria, mediante Nota Nº 56/06 la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica informa que la importación de especialidades medicinales y farmacéuticas, sólo podrá efectuarse a través de las Aduanas de Buenos Aires, Ezeiza, Córdoba y Mendoza, ello atento lo normado en la Resolución Conjunta Nº 988/92 (MEyOSP) y 748/92 (MSAS).

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese. — Dr. JORGE ROBERTO DE CICCO, Subdirector General, Técnico Legal Aduanera, Dirección General de Aduanas.

 

 

Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Relaciona RE-2014-1993-ANA Especialidades medicinales y farmaceuticas