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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Oficial |
Nota Externa Nº 77 |
26/10/2007 |
Fecha: |
30/10/2007 |
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Dependencia:
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NE-77-2007-DGA |
Tema: |
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS |
Asunto:
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Resolución General Nº 701.
Intervención de las Entidades Sectoriales en las operaciones de importación. |
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VISTO la presentación interpuesta por
la Unión Industrial
Argentina mediante Actuación SIGEA Nº 12048-864/07, relacionada con la
aplicación de
la
Resolución General Nº 701. |
CONSIDERANDO: |
Que
la citada Resolución General establece en su Artículo 1º que las Cámaras, Federaciones
y Asociaciones Representativas de las Actividades Sectoriales participarán en
carácter de observadoras en la verificación física de las mercaderías en las
Destinaciones de Importación, cuando se les haya asignado canal rojo de
selectividad. |
Que
en tal sentido y a fin de no dilatar el trámite de aquellas operaciones de
importación en las cuales las Entidades Sectoriales decidan no participar
como observadoras, corresponde, en uso de las facultades conferidas por el Artículo
9º, Apartado 2, Inciso a) del Decreto Nº 618 de fecha 10 de julio de 1997,
instruir un procedimiento para hacer conocer al Servicio Aduanero tales
circunstancias. |
1-
Las Entidades Sectoriales que participan en carácter de observadoras en la
verificación física de las mercaderías en el marco de
la Resolución General
Nº 701, podrán comunicar al área operativa pertinente la decisión de
suspender temporalmente la presencia del observador, ya sea para un origen en
particular o grupo de orígenes, o la no concurrencia en determinadas
operaciones. |
2-
Dicha comunicación deberá efectuarse vía correo electrónico al jefe de
la División Verificación
de las Direcciones Aduana de Buenos Aires, de Ezeiza,
a
la División
Control de Operaciones Aduaneras del Departamento
Inspecciones Aduaneras, o a sus similares en Aduanas del Interior, según
corresponda por jurisdicción. |
Regístrese,
comuníquese, publíquese en el Boletín de
la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS, dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en Boletín Oficial y archívese. —
Abogado RICARDO ECHEGARAY, Director General, Dirección General de Aduanas |
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