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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en: |
Boletín/Of |
Nota n° 51 |
03/10/2006 |
Fecha: |
06/10/2006 |
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Dependencia:
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NE-51-2006-DGA
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Tema:
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DIRECCION
NACIONAL DE ADUANAS |
Asunto:
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Publicación
de las actuaciones por las que se tramita la fijación de Valores Criterio de
carácter preventivo |
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VISTO
la
Nota Externa 31/05 DGA de fecha 26 de Octubre de 2005,
mediante la cual se establece la publicación en el sitio de INTERNET de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS (www.afip.gov.ar), de los análisis realizados al amparo
del Anexo IV de
la
Resolución General Nº 1907; |
Que en el marco de dicha Resolución General compete a
esta Dirección General establecer las altas, bajas y modificaciones de los
valores criterio vigentes. |
Que
la
Cámara de Importadores de
la República Argentina
ha propiciado, mediante actuación Nº 13289-24554-2006, el establecimiento de
pautas orientadas a perfeccionar el intercambio de información entre los
distintos sectores involucrados. |
Que con miras a lograr los objetivos perseguidos por
la norma, resulta conveniente no sólo poner en conocimiento, sino también
conceder un plazo para la presentación de las distintas Cámaras, Federaciones
y demás organizaciones representativas de la industria y el comercio, como
también de los sectores importadores, en aquellas actuaciones en las que se
analizan altas, bajas o modificaciones de los valores criterio vigentes. |
Que la medida que se adopta propende a una mayor efectividad
en la participación de los distintos sectores del comercio. |
Que el mecanismo instrumentado, en cuanto permite
disponer oportunamente de mayor información, contribuirá a dar mayor sustento
a los valores criterio que se publiquen. |
Que por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas
en el artículo 9, numeral 2, inciso k) del Decreto
Nº 618 del 10 de julio de 1997, y de
la Resolución
General Nº 1907, se INSTRUYE: |
1. Las propuestas relacionadas con
altas, bajas o modificaciones de valores criterio, serán publicados
en la página WEB de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS (http:// www.afip.gov.ar/servicios_y_consultas/consultas_
en_linea/valoración /valores.criterios.xls). |
2. La publicación consignará el número
de actuación, la descripción de la mercadería involucrada y/o su
posición arancelaria y el motivo de la propuesta (alta, baja o modificación). |
3. El proceso de intercambio de información
con las Cámaras, Federaciones y demás organizaciones representantes
de la industria y el comercio tendrá un plazo de DIEZ (10) días
a contar desde su publicación en la página WEB de
la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS. |
4. Los sectores que hayan efectuado
una presentación relacionada con altas, bajas o modificaciones de
valores criterio que detecten una omisión en la publicación en la
página WEB de
la ADMINISTRACION FEDERAL
DE INGRESOS PUBLICOS, podrán efectuar su reclamo vía correo electrónico
a la dirección valorcriterio@afip.gov.ar indicando, respecto de la actuación presentada, el número, la fecha
de presentación y el área en la que se encuentra radicada. |
5. Déjase sin
efecto
la Nota Externa Nº 31/05
DGA. |
6. Regístrese. Dése a
la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín
de
la DIRECCION GENERAL
DE ADUANAS. Cumplido, archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director
General de Aduanas. |
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