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Documento y Nro
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Fecha
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Publicado en:
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Bol/Oficial |
Nota Externa Nº 4 |
23/04/2007 |
Fecha:
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24/04/2007 |
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Dependencia:
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NE-4-2007-AFIP |
Tema:
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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS |
Asunto:
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SISTEMA UNICO DE
LA SEGURIDAD SOCIAL
(SUSS). Simplificación registral. Ingreso de datos en el “Registro de Altas y
Bajas en Materia de
la
Seguridad Social”. Resolución General Nº 1891 “MI
SIMPLIFICACION”, texto ordenado en 2006. |
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Atendiendo a inquietudes planteadas con relación al
ingreso de los datos previstos en
la Resolución General
Nº 1891 “MI SIMPLIFICACION”, texto ordenado en 2006, corresponde efectuar las
siguientes aclaraciones: |
a)
Cuando se trate de nuevas relaciones laborales —altas— el importe a consignar
en “Remuneración Pactada” será el que se encuentre sujeto a aportes, de
acuerdo con lo establecido por el Artículo 9º de
la Ley Nº 24.241 y sus
modificaciones, texto según Ley Nº 26.222. |
b)
A efectos de la correcta identificación de los vínculos familiares informados
por
la
Administración Nacional de
la Seguridad Social
(ANSES), en la consulta masiva que se deposita en la ventanilla electrónica
del solicitante (Resolución General Nº 2104, Artículo 2º), se deberá tener en
cuenta el diseño de registro existente en la ayuda que ofrece la aplicación “on
line”. |
c)
Para las relaciones laborales existentes al 31 de julio de 2006, inclusive,
no es obligatorio informar la “Remuneración Pactada” y la “Modalidad de
Liquidación”, conforme a lo dispuesto en el Artículo 5º de
la Resolución General
Nº 2016 y su modificatoria. |
Lo
indicado precedentemente también procede cuando se utilice el programa
aplicativo denominado “MI SIMPLIFICACION – INGRESO MASIVO DE DATOS – Versión
2.0 Release
1”. |
Regístrese,
publíquese, dése a
la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr.
ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal. |
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