Detalle de la norma NE-35-2007-SGCA
Nota Externa Nro. 35 Subdirección General de Control Aduanero
Organismo Subdirección General de Control Aduanero
Año 2007
Asunto Régimen de Origen MERCOSUR
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Bol/Oficial
Nota Externa Nº 35 18/12/2007 Fecha: 20/12/2007
 
Dependencia: NE-35-2007-SGCA
Tema: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Asunto: P.A.N.C.M. 5509.32.00 del Anexo I “E” de la Instrucción General 016/02 (SDGLTA)
 

De acuerdo con las Instrucciones Generales Nº 009 (SDGLTA) de fecha 17 de febrero de 1999 y Nº 016 (SDGLTA) de fecha 7 de marzo de 2002, relativas al Régimen de Origen MERCOSUR – ACE 18, ACE 35 y ACE 36, y teniendo en cuenta la Nota A.O.M Nº 252 de fecha 14 de noviembre de 2007 del Area Origen de Mercaderías dependiente de la SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, caratulada por Actuación Nº 13668-216-2007, se hace saber que para las exportaciones de la REPUBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL de los productos clasificados en la P.A. N.C.M 5509.32.00, efectuadas por la firma “PARAMOUNT TEXTEIS IND. E COM. S.A.”, se proceda a la devolución de las garantías constituidas y al libramiento de las importaciones que se realicen, sin la exigencia de dicho requisito, y en consecuencia excluirla de las medidas dispuestas por las citadas Instrucciones, en virtud a que se ha evaluado la documentación correspondiente a la mencionada firma exportadora.

Sin perjuicio de lo expuesto, como resultado del proceso de verificación desarrollado, también se ha podido constatar que los certificados de origen emitidos por las FERERACAO DAS ASSOCIACAOES COMERCIAS E DE SERVICOS DO RIO GRANDE DO SUL M3040/06, M5559/06, M6022/06, M6424/06, M7539/06, M7729/06 y M7734/06, no cumplen con las condiciones para poder certificar el carácter originario en los términos de lo dispuesto por el Régimen de Origen MERCOSUR.

Por tal motivo deberá procederse a la formulación de los cargos correspondientes por los derechos e impuestos dejados de percibir en las Destinaciones de Importación 06 001 IC05 010330 B, 06 001 IC05 019015 K, 06 001 IC05 019363 Z, 06 001 IC05 020840 X, 06 001 IC05 023116 H, 06 001 IC05 024688 W y 06 001 IC05 025206 J.

Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese. — Dra. MARIA SILVINA TIRABASSI, Subdirectora General de Control Aduanero, Dirección General de Aduanas.