Detalle de la norma NE-35-2005-DGA
Nota Externa Nro. 35 Dirección General de Aduanas
Organismo Dirección General de Aduanas
Año 2005
Asunto Valores Referenciales de Exportación
Boletín Oficial
30802 Fecha: 15/12/2005
Detalle de la norma

 
Documento y Nro Fecha Publicado en: Boletín/Of
Nota Externa n° 35 13/12/2005    Fecha: 15/12/2005
 
Dependencia: NE-35-2005-DGA
Tema: DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
Asunto: Hacer saber los valores referenciales que figuran en el anexo I ( Listado de mercaderías con valores referenciales de exportación de desperdicios y desechos de metales comunes) establecidos en el ámbito de esta Dirección General, los que serán aplicados para todos los destinos
 

VISTO la Resolución General 1866 por la que se prevé que la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS establecerá valores referenciales de exportación de carácter precautorio para combatir la incorrecta declaración de valor de mercaderías de exportación afectando la renta fiscal.

Que en función de las prioridades surgidas de las tareas de evaluación de riesgos que efectúan las distintas áreas del Organismo, se han realizado estudios de valor sobre determinadas mercaderías.

Que como resultado de dichos estudios, la División Análisis dependiente del Departamento Técnica de Valoración, ha elaborado un informe sobre los valores referenciales de determinadas mercaderías.

Que el mismo cuenta con la conformidad de dicho Departamento y de la Dirección de Técnica.

Que ha tomado la intervención que le compete la Subdirección General Técnico Legal Aduanera.

Que a tenor de lo establecido por la Resolución 389/04 del Ministerio de Economía y Producción, en cumplimiento de lo normado en el punto IV del Anexo I de la Resolución General 1866 y en ejercicio de la facultad conferida por el Artículo 9 Apartado 2 Inciso a) del Decreto 618 del 10 de Julio de 1997;

SE  INSTRUYE:

1 — Hacer saber los valores referenciales que figuran en el Anexo I (Listado de mercaderías con valores referenciales de exportación - Desperdicios y desechos de metales comunes), establecidos en el ámbito de esta DIRECCION GENERAL, los que serán de aplicación para todos los destinos.

2 — Dejar sin efecto los valores fijados en la Instrucción General 001/2005 (SDG LTA).

3 — Aplicar la presente a las solicitudes de Destinaciones de Exportación para Consumo que se oficialicen a partir de los DIEZ (10) días hábiles contados desde la publicación de esta Nota Externa en el Boletín Oficial.

4 — Regístrese. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Cumplido archívese. — Dr. RICARDO ECHEGARAY, Director General de Aduanas.

ANEXO I

LISTADO DE MERCADERIAS CON VALORES REFERENCIALES DE EXPORTACION

DESPERDICIOS Y DESECHOS DE METALES COMUNES
 
NOTA LOA PRESIONE AQUI PARA VER ANEXO
 

NOTA LOA: No se vincula con su antecedente, la INSTRUCCIÓN GENERAL Nro 1/2005 por no estar publicada en el Boletín Oficial.

 
Esta norma modifica/complem./relac./deroga a:
Relación Norma Detalle
Complementa RG-1866-2005-AFIP Valores Referenciales de exportación
Deroga IG-1-2005-SDGLTA Valores Referenciales de exportación