NE-27-2007-SDGLTA
NE-27-2007-SDGLTA
Vigencia
A.C.E. N° 62 (MERCOSUR-CUBA).
Bs. As., 30/8/2007
De acuerdo con la Nota sin número de fecha 13 de agosto del 2007 de la
DIRECCION NACIONAL DE POLITICA COMERCIAL EXTERNA dependiente de la SECRETARIA
DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, caratulada por
Actuación N° 13332-251-2007 y el Artículo 32 del Acuerdo de Complementación
Económica N° 62 suscripto por la REPUBLICA ARGENTINA, la REPUBLICA FEDERATIVA
DEL BRASIL, la REPUBLICA DEL PARAGUAY y la REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY,
Estados Parte del MERCOSUR, y Cuba, se informa que el mencionado Acuerdo ha
entrado en vigencia entre la REPUBLICA ARGENTINA y CUBA desde el 2 de julio de
2007 y que el mismo posee una vigencia indefinida.
Para efectuar la destinación pertinente se deberá ingresar al Sistema
Informático María a través de la autoliquidación Libre LML-02 o LML-03, según
corresponda.
Se deja constancia que el citado Acuerdo podrá ser consultado en la
Página www.afip.gov.ar, adjunto a la presente Nota Externa.
Comuníquese, publíquese en el Boletín de esta DIRECCION GENERAL, dése a
la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido
archívese. — Dr. JORGE ROBERTO DE CICCO, Subdirector General, Técnico Legal
Aduanera, Dirección General de Aduanas a/c SDG CAD.
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