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Documento y Nro |
Fecha |
Publicado en: |
Boletín/Of |
Nota Externa Nº 2 |
27/02/2007 |
Fecha: |
28/02/2007 |
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Dependencia: |
NE-2-2007-AFIP |
Tema: |
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS |
Asunto: |
PROCEDIMIENTO. Administradores de “countries”,
clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados,
edificios de propiedad horizontal y otros. Importes en concepto de expensas,
contribuciones para gastos y conceptos análogos. Régimen de información. Resolución
General Nº 2159 y su modificatoria. Norma aclaratoria. |
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Atendiendo
a inquietudes planteadas con relación al régimen del asunto se aclara que, a
los fines de cumplir con la obligación dispuesta por el Artículo 2º de
la Resolución General
Nº 2159 y su modificatoria, resulta suficiente que la información referida a
los datos identificatorios del propietario y, en su caso, de otros sujetos
cuyos datos deben ser informados, sea la que dispongan los administradores de
“countries”, clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios
privados, edificios de propiedad horizontal y todo tipo de complejo
urbanístico, situados en el país, para el cumplimiento de sus funciones
específicas o la que surja de una manifestación escrita presentada por
aquéllos ante dichos sujetos. |
Regístrese,
publíquese, dése a
la
Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr.
ALBERTO R. ABAD, Administrador Federal. |
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